Con ley "sólo sí es sí", España aprueba castigar cualquier acto sexual no consentido

La ley conocida como "sólo sí es sí" cobija cualquier acto de naturaleza sexual que no sea consentido por ambas partes, incluyendo el acoso callejero y la violencia 'online'.

La ley Orgánica de Garantía de la Libertad Sexual fue aprobada en España. (EFE)
José Antonio López
Madrid /

El gobierno de España aprobó la Ley Orgánica de Garantía de la Libertad Sexual (conocida como ley de “sólo sí es sí"), que unifica el abuso y la violación sexual, además, perseguirá el proxenetismo, el acoso callejero, la mutilación genital femenina o la violencia sexual online, es decir, extorsión, acoso, pornografía no consentida, entre otros.

La norma fue impulsada por Podemos, socio de coalición del ejecutivo socialista de Pedro Sánchez, y fue respuesta a las demandas feministas que surgieron tras la violación en grupo de la Manada de Pamplona a una joven hace cinco años.

La medida, aprobada en el Consejo de Ministros, llegó después de 16 meses de trámites y debates en el seno del gobierno y enfrentamientos entre varios ministros. Este proyecto de ley, que tendrá ahora su recorrido en las Cortes, mantendrá el consentimiento expreso como columna vertebral.

El texto también recibió duras críticas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que lo rechazó unánimemente el año pasado por la redacción de su primer borrador, aunque sí logró el respaldo del Consejo Fiscal y del Consejo de Estado.

El ámbito de aplicación de la ley de “sólo sí es sí” comprenderá “cualquier acto de naturaleza sexual no consentido”, es decir, siempre que “se haya manifestado libremente, mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona”.

Además, termina con la distinción entre abuso y agresión. Ahora, cualquier penetración sin consentimiento será tipificada como violación, cumpliendo así con el Convenio de Estambul. 

Asimismo, establece “un catálogo de agravantes específicas, entre las que se encuentran las agresiones grupales, la existencia de una grave violencia o un daño también grave a la víctima”, y también aumentan las penas para delitos de acoso, ya sea callejero o sexual.

También serán considerados como violencia sexual la agresión, el acoso, el exhibicionismo, el acecho o acoso callejero, la provocación sexual, la prostitución ajena, la explotación sexual, la corrupción de menores, la mutilación genial femenina, el matrimonio forzado, el feminicidio sexual y, en el ámbito digital, la violencia sexual transmitida por medios tecnológicos, la extorsión sexual y la pornografía no consentida.

Se agravarán las sanciones del Código Penal y no sólo perseguirán a los proxenetas, sino también a quienes alquilen sus locales para actividades de explotación sexual.

La ley, entre otras cosas, también contempla la protección de los menores, con “casas de niños” especializadas en tratar con víctimas de violencia sexual, así como centros de crisis que funcionen 24 horas para mujeres y adolescentes que hayan sido agredidas.

EHR

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