Justicia europea abre la posibilidad de que Carles Puigdemont sea extraditado a España

El ex líder independentista de Cataluña se encuentra actualmente en Bélgica.

Carles Puigdemont líder del intento de la independencia de Cataluña (AP)
José Antonio López
España /

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dio la razón al juez del Tribunal Supremo español, Pablo Llarena, y se reabre la posibilidad de que el ex presidente de Cataluña, Carles Puigdemont, que huyó a Bélgica, sea extraditado a suelo ibérico.

No obstante, Puigdemont y su defensa piensan lo contrario ya que el ex presidente catalán consideró que la sentencia deja en “vía muerta” su extradición y asume que habrá nuevas euroórdenes por parte de Llarena.

“Hoy la sentencia del TJUE deja las extradiciones en vía muerta. Pone condiciones además a la presentación de nuevas euroórdenes, que en la práctica las hacen inviables”, señaló.

Aseguró que “desde el primer día que llegué aquí, yo valoro el escenario de volver, de volver libre, pero no de volver para entregarme ni rendirme. Yo siempre he trabajado para eso y hoy estamos más cerca”.

Mientras que Gonzalo Boye, que representa a Puigdemont y a los exconsejeros Clara Ponsatí y Lluís Puig, reaccionó a la noticia y aseguró que “hoy es un buen día”. “Las sentencias del TJUE son para leerlas íntegramente”, escribió Boye en un tuit.

La sentencia emitida este martes por el TJUE concluye claramente que una autoridad judicial no puede negarse a ejecutar una orden europea de detención en base a la competencia del organismo jurisdiccional que la emite, en este caso el Supremo, que fue el tribunal español encargado de juzgar la declaración unilateral de independencia de octubre de 2017.

Sin embargo, no es tajante respecto al planteamiento de Llarena y abre una rendija a la que se pueden acoger los líderes independentistas que están en el extranjero y sus defensas al establecer que, si alegan que su entrega puede suponer una vulneración del derecho fundamental a un proceso equitativo, el país receptor de la euroorden debe examinar la situación.

El TJUE considera que las autoridades belgas deben analizar si existe “un riesgo real de vulneración de ese derecho fundamental debido a deficiencias sistémicas o generalizadas en el funcionamiento del sistema judicial del Estado miembro emisor o a deficiencias que afecten a la tutela judicial de un grupo objetivamente identificable de personas al que pertenezca el interesado” o si, a nivel individual, “existen razones serias y fundadas para creer que dicha persona correrá tal riesgo en caso de ser entregada a dicho Estado miembro”.

La sentencia responde a una pregunta prejudicial planteada por el magistrado español sobre los motivos de Bélgica para rechazar las euroórdenes de los huidos de la justicia española.

Llarena pidió aclaraciones al máximo tribunal de la UE en marzo del 2021 después de que un juez belga rechazara entregar al exconseller Lluis Puig alegando que el órgano competente para reclamar la extradición tendría que haber sido el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en vez del Supremo y que si fueran enviados a España podría correr peligro su derecho a la presunción de inocencia.

En la decisión, que sienta jurisprudencia en la aplicación de la orden europea de detención en todos los países de la Unión Europea, contradice esa tesis de la Justicia belga y confirma que “una autoridad judicial de ejecución no dispone de la facultad de negarse a ejecutar una orden de extradición basándose en un motivo de no ejecución que se derive exclusivamente del Derecho del Estado miembro de ejecución”.

Además, los jueces europeos explican que si se permitiera a cada país interpretar las ordenes de detención la legislación europea “no se aplicaría uniformemente y los Estados miembros podrían determinar libremente el alcance de la obligación de ejecutar las órdenes europeas de detención” y recuerda que los principios de confianza y de reconocimiento mutuos entre los Estados miembros constituyen “la piedra angular del sistema de cooperación judicial”.


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