A partir del 26 de junio entraron en vigor modificaciones a la Ley de Aviación Civil y a la Ley Federal de Protección al Consumidor, las cuales representaron múltiples cambios en la forma en que los usuarios y las aerolíneas interactúan y dejando algunos beneficios específicos para los usuarios.
Estas nuevas disposiciones abordan el tema de equipaje, boletos e incluso retrasos de los vuelos y las formas en que se podrá compensar a los viajeros, por lo que a continuación se presenta una explicación de algunos puntos.
En lo que respecta a los cambios en los itinerarios, éstos se deberán informar al pasajero a través de llamadas telefónicas, mensajes de texto o correo electrónico al menos con 24 horas de anticipación a la salida programada, algo que antes no se realizaba.
Antes de las modificaciones, los usuarios que tenían vuelos con conexión o de ida y vuelta tenía que usar obligatoriamente los dos segmentos del boleto; es decir, si no usaban el primero tampoco podían usar el segundo.
Las aerolíneas ya no podrán negarte el embarque si se da un caso de este tipo. Una de las modificaciones más importantes y que son las que mayor incidencia tiene, es el de las demoras en vuelos.
En este aspecto, las demoras superiores a una hora e inferiores a cuatro se deberán compensar al usuario tomando en cuenta las políticas de la empresa, teniendo como mínimo un descuento para vuelos en fecha posterior o alimentos y bebidas.
En demoras mayores a dos horas pero menores a cuatro, dichos descuentos no podrán ser menores al 7.5 por ciento del costo del boleto.
Cuando exista un retraso mayor a cuatro horas aplicarán las mismas políticas, pero el usuario podrá acceder a las opciones de indemnización establecidas para la cancelación el vuelo, es decir, podrá haber una devolución total del costo.
Contrario a lo que sucedía antes, una vez que un usuario adquiere un boleto podrá cancelar su compra y solicitar la devolución del costo dentro de las 24 horas siguientes a la compra, sin costo alguno.
Otra de las modificaciones importantes a la ley es la que respecta al equipaje, ya que la primera maleta pasó de 10 a 25 kilogramos sin costo, además de dos piezas de mano para vuelos nacionales e internacionales que en su conjunto no excedan de 10 kilogramos.
Los amantes de los animales también se vieron beneficiados con las modificaciones a la ley, ya que los animales domésticos se podrán transportar y deberán observarse medidas para disminuir la tensión, sufrimiento, dolor y traumatismo durante su viaje.
En los casos de sobreventa, que tanta polémica han levantado en los últimos meses, las aerolíneas podrán continuar denegando el embarque por overbooking, y se deberán solicitar voluntarios que renuncien a su asiento, siendo preferentes para abordar personas con discapacidad, adultos mayores, menores no acompañados y mujeres embarazadas.
Aquellas personas que voluntariamente desembarquen el avión, serán acreedores a una indemnización, que consistiría en viajar en el vuelo siguiente, comida, alimentos, y hospedaje, en caso que sea necesario.
Éstas son las principales modificaciones que la Ley de Aviación Civil tuvo y que entraron en vigor a partir del 26 de junio de 2017, por lo que es importante que los usuarios las conozcan y exijan que se respeten sus derechos.