AICM gana amparo a Cofece sobre manejo de slots

El pleito legal data de 2017, cuando Cofece había determinado que en el AICM había una inexistencia de normas claras y consistentes en la aplicación efectiva para el mecanismo de asignación y supervisión del uso de slots.

Casi todas las líneas aéreas basan sus operaciones en el aeropuerto de Ciudad de México.
Roberto Valadez
Ciudad de México /

En un amparo promovido por el Aeropuerto Internacional de Ciudad de México (AICM) la autoridad judicial determinó que la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) no tiene atribuciones para decidir cambios entorno a la asignación de slots (horarios de aterrizaje y despegue) en el Aeropuerto Internacional de Ciudad de México (AICM), ya que es la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) la autoridad encargada de ello.

Qué son los slots?

Es la asignación de horarios de aterrizaje y despegue que son proporcionados a las Líneas Aéreas regulares que operan en un aeropuerto.
“La Comisión Federal de Competencia Económica no puede arrogarse facultades para regular las modalidades de acceso, precios o tarifas, condiciones técnicas y calidad del insumo esencial de aquel sector, pues en éste existe una autoridad ad hoc (SCT) para emitir la regulación relativa”, se indicó en el fallo emitido por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones.

El pleito legal que data de 2017 cuando Cofece había determinado que en el AICM había una inexistencia de normas claras y consistentes en la aplicación efectiva para el mecanismo de asignación y supervisión del uso de slots.

¿Qué pedía la Cofece?

De esta forma, la Cofece concluyó que la terminal aérea debería realizar diversos cambios, entre los que se encontraban realizar asignación de los horarios de temporada mediante serie de horarios y que la elegibilidad para otorgar un slot en la modalidad de prioridad histórica, aquellas aerolíneas que lleve mucho tiempo en una ruta, solo se podrá hacer si ha cumplido con el criterio de que 85 por ciento de las operaciones salieron en un tiempo de 15 minutos después del horario asignado.

Con el fallo, el Primer Tribunal determinó que “es a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a la que le compete formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte; y planear, formular y establecer las políticas y programas para el desarrollo del sistema aeroportuario, incluido establecer las reglas de tránsito aéreo y las bases generales para la fijación de horarios de aterrizaje y despegue”.

lvm

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