Otorgan beneficios fiscales a Pemex para diferir pago de Derechos de Utilidad Compartida

Tendrá hasta el 30 de octubre para realizar el pago de los derechos sin que generen sanción alguna.

La publicación de la exploración y extracción de hidrocarburos constituyen actividades de carácter estratégico.
Yeshua Ordaz
Ciudad de México /

En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó un decreto mediante el cual se otorgan beneficios fiscales a Petróleos Mexicanos (Pemex), en cuanto al diferimiento del pago de los Derechos de Utilidad Compartida (DUC).

Los impuestos, devengados en el mes de agosto de 2024, se deberán cubrir a más tardar el 30 de octubre de 2024 y dichos pagos serán considerados como realizados en tiempo y forma.

De acuerdo con la publicación de la exploración y extracción de hidrocarburos constituyen actividades de carácter estratégico para el Estado con un impacto significativo en la actividad económica del país, actividades que son llevadas a cabo por la nación, principalmente mediante las empresas productivas.

"Mediante diversos decretos se han otorgado beneficios fiscales a los asignatarios obligados al pago de los derechos por la utilidad compartida y de extracción de hidrocarburos, previstos en la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos", se indica.

El documento agrega que estas obligaciones en términos reales representan una reducción de la carga económica y, en otros casos, se dictaron medidas a fin de facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Añadió que el nivel de precios en el ramo de los hidrocarburos a nivel internacional, ha provocado afectaciones en el desempeño operativo debido a la reducción en las deducciones permitidas bajo el régimen tributario actual ya que, para la determinación de las mismas, se considera el valor de los hidrocarburos extraídos en el ejercicio fiscal correspondiente.

"A fin de continuar favoreciendo el desarrollo de dicha área estratégica nacional, es conveniente autorizar el pago a plazo diferido por concepto del pago provisional mensual a cuenta del derecho anual por la utilidad compartida, y del pago mensual del derecho de extracción de hidrocarburos”, aseveró. 

El decreto indica que el pago provisional que se realice en los términos establecidos, se tendrá por efectuado en tiempo y forma, por lo que no se generarán recargos por prórroga, actualización, ni dará lugar a sanción alguna.

KL

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