La Bolsa Mexicana de Valores (BMV) suspendió la cotización de TV Azteca, empresa productora de contenido para televisión de Ricardo Salinas Pliego, esto luego de haber transcurrido el plazo para que dicha emisora presentara su información financiera trimestral de este año.
"Esta bolsa de valores, en cumplimiento a lo previsto por el artículo 248, fracción I de la Ley del Mercado de Valores y por la disposición 10.015.01 de su Reglamento Interior suspende, a partir de hoy, 1 de junio de 2023, la cotización de los valores representativos de capital de la emisora denominada TV Azteca, identificados con la clave de cotización AZTECA, Serie CPO", informó en un comunicado.
En mayo pasado, TV Azteca dio a conocer que el Juzgado Sexagésimo Tercero de lo Civil de Ciudad de México ordenó a la empresa no presentar al público información relativa a su situación financiera, con el fin de no causar incertidumbre, por lo que se notificó tanto a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), como a la Bolsa Mexicana de Valores.
La BMV refirió que con fecha 28 de abril y 2 de mayo de este año, recibió un aviso de extemporaneidad para la entrega de la información financiera trimestral a que se refiere el artículo 33, fracción II de las disposiciones de carácter general que rigen a las emisoras de valores, así como a otros participantes del mercado de valores emitidas por la CNBV, y que corresponden al primer trimestre de 2023, por parte de TV Azteca.
Sin embargo, una vez transcurrido este plazo de extemporaneidad, según en el artículo 45 de las disposiciones anteriormente mencionadas, y sin que la emisora presentara su información trimestral, la bolsa de valores decidió realizar la suspensión de cotización de TV Azteca.
"Asimismo, se informa que en términos de lo previsto en la disposición 10.015.02 del Reglamento Interior de esta Bolsa de Valores, la suspensión de la cotización a que se refiere este aviso podrá durar hasta en tanto la emisora no divulgue la información faltante", refirió.
La Bolsa Mexicana de Valores mencionó que realizó esta acción cumpliendo con lo establecido en el artículo 72 de las disposiciones establecidas, "para todos los efectos a que haya lugar, por lo que los intermediarios del mercado de valores deberán abstenerse de canalizar solicitudes u órdenes tendientes a celebrar operaciones con los valores antes identificados".
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MRA