¿Cuál es la fecha límite para la aplicación obligatoria de carta porte 3.0 del SAT?

Conoce cuándo dará inicio de de manera obligatoria la versión 3.0 de la Carta Porte

El SAT comenzará a multar a los contribuyentes | Especial
Ciudad de México /

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó mediante el, la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que será el 1 de abril del 2024 cuando de inicio de manera obligatoria la versión 3.0 de la Carta Porte.

De acuerdo con la información publicada por la dependencia federal en el DOF, los contribuyentes obligados a expedir Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a los que se les incorpore el complemento Carta Porte, podrán continuar emitiéndolos en su versión 2.0, publicada el 24 de Febrero de 2023 en el Portal del SAT hasta el 31 de Marzo de 2024, estableció un transitorio publicado este día.

Señaló que la Resolución Miscelánea Fiscal 2024 consta de 12 capítulos en los que destacan las cuestiones de la prestación de servicios digitales, del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), de los demás ingresos que obtengan las personas físicas, Régimen Simplificado de Confianza (Resico), contabilidad, declaraciones y avisos, entre otros.

Explicó que quien contrate el servicio de transporte de bienes o mercancías en territorio nacional, está obligado a proporcionar al transportista, con exactitud, los datos necesarios para la identificación de los bienes o mercancías que se trasladen, de conformidad con el Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte.

El órgano de administración fiscal informó que desde enero de 2022 a agosto pasado se emitieron 602 millones 767 mil 439 facturas con este complemento a través de los servicios gratuitos de facturación del SAT y mediante Proveedores Autorizados de Certificación (PAC).

Indicó que este complemento Carta Porte consiste en digitalizar la información relacionada con el traslado de bienes y/o mercancías en todo el territorio nacional y su modo de transporte.

Hasta el pasado agosto el sector de autotransporte y ferroviario fueron los que emitieron más facturas de este tipo con 236 millones 587 mil 953 y un millón 785 mil 001, respectivamente.

De acuerdo con el SAT, en caso de no cumplir con este complemento la multa puede ser de 400 a 97 mil 330 pesos mexicanos, y en caso de reincidencia, pueden clausurar el negocio y a la empresa transportista encargada de la mercancía.

GGA

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