Certificados de depósito serán solo digitales; Hacienda fija nueva obligación de emisión

Mediante una resolución publicada en el DOF, se detalló que los Almacenes Generales de Depósito, Casas de Cambio e instituciones de préstamo prendario deberán emitir los certificados de manera digital.

SHCP anunció que los certificados de depósito ya no serán físicos. Foto: Archivo
Ciudad de México /

Con el objetivo de digitalizar diversos procesos en el sistema financiero, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) anunció que los certificados de depósito ya no serán documentos físicos, ahora serán estrictamente digitales, generados a través de sistemas criptográficos.

Mediante una resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se detalló que ahora los Almacenes Generales de Depósito (AGD), Casas de Cambio e instituciones de préstamo prendario deberán emitir estos certificados de manera electrónica.

Un certificado de depósito es un título de valor emitido por estas instituciones que acredita la propiedad y custodia de mercancías o bienes resguardados en sus instalaciones.

En términos generales, Hacienda está obligando a estas instituciones financieras a abandonar el papel y adoptar tecnologías avanzadas para respaldar las mercancías y, de esta manera, contar con un mayor detalle de las operaciones.

Con el objetivo de lograr una mayor trazabilidad, Hacienda destacó que ahora las instituciones deberán generar una denominada “huella digital” y un sello de tiempo para asegurar que nadie altere la fecha o el contenido del certificado.

Los almacenes, las instituciones de cambio y préstamo prendario tendrán un plazo de nueve meses para que sus sistemas criptográficos cumplan al 100 por ciento con estas nuevas reglas dictaminadas por Hacienda.

“Otra de las medidas regulatorias establecidas en el decreto se centra en la eliminación del bono de prenda; en su lugar, deberán incorporarse al certificado de depósito electrónico los datos e información relacionada con los créditos prendarios que se constituyan sobre los bienes o mercancías”, explicó Hacienda.

Además, las instituciones deberán contratar obligatoriamente a un Prestador de Servicios de Certificación (PSC) acreditado por la Secretaría de Economía (SE) para dar validez legal a las firmas y sellos digitales.

De igual forma, los cambios aplicarán para las instituciones que contemplen iniciar operaciones, ya que ahora deben presentar ante la autoridad los siguientes documentos:

  • Un Manual de Operación del Sistema Criptográfico.
  • Copia del contrato vigente con un PSC.
  • Demostrar que su sistema cumple con la Norma Oficial Mexicana (NOM) de conservación de mensajes de datos.

Los sistemas criptográficos también deberán incluir facilidades de interconectividad, ya que, si existen varios sistemas, estos deben tener capacidad de comunicación entre sí para que las autoridades regulatorias y los dueños de la mercancía consulten la información sin trabas.

MVDJT

  • Jordan Saucedo
  • Reportero de Negocios. Disfrutando día a día la labor periodística bajo el lema, “siempre esforzarse y prosperar”.

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