CNE publica nuevas reglas para la generación eléctrica en cogeneración

El acuerdo, que entra en vigor el día de mañana, establece los criterios técnicos y legales para las centrales en modalidad de Autoconsumo y Generación para el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

Optimizar el uso de la energía en la industria. Foto: Reuters
Yeshua Ordaz
Ciudad de México /

La Comisión Nacional de Energía (CNE) emitió nuevas disposiciones para la generación de electricidad bajo el esquema de cogeneración, al publicar el acuerdo correspondiente en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La cogeneración es un proceso que busca optimizar el uso de la energía en la industria, mediante la producción simultánea de energía eléctrica y de energía térmica, a partir de una fuente primaria de energía, de acuerdo con el Instituto Nacional de En electricidad y Energías Limpias (Ineel).

El documento, firmado por el director general de la CNE, Juan Carlos Solís Ávila, establece los criterios técnicos y legales para las centrales que operen bajo esta modalidad en las figuras de Autoconsumo y Generación para el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

Respecto a la capacidad instalada aprobada, el acuerdo señala que deberá estar en función de la demanda térmica y las necesidades de los procesos industriales asociados.

La energía derivada de la satisfacción de necesidades térmicas industriales tendrá despacho obligado, limitado a la capacidad que no exceda dichas necesidades.

"La capacidad del permiso de generación autorizado debe ser únicamente para la potencia que pueda obtenerse utilizando la energía térmica no aprovechada en los procesos industriales asociados a la cogeneración", se lee en el DOF.

La CNE establece, además, que las centrales con sistemas de cogeneración cuya capacidad instalada sea menor a 0.7 megavatios no requerirán permiso de generación.

En la modalidad de generación, para el MEM, la demanda térmica o carga eléctrica puede estar asociada a un tercero mediante contrato, siempre que las instalaciones sean colindantes o se ubiquen en el mismo sitio.

"Las instalaciones de consumo responsables de la Demanda Térmica o la Demanda Eléctrica o ambas deben ubicarse en el mismo sitio que la Central Eléctrica, o bien, en instalaciones colindantes mediante el uso de Redes Particulares", precisa.

La CNE señaló que la entrada en vigor del acuerdo será al día siguiente de su publicación.

MVDJ


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