La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) informó que inició la investigación IEBC-004-2024 contra empresas que se dedican a la producción, organización y venta de boletos de eventos en vivo por posibles prácticas monopólicas.
A través de una publicación en la edición matutina del Diario Oficial de la Federación (DOF), la Cofece explicó que derivado de la información que integra dicho expediente, se advierte la existencia de elementos que hacen suponer que no existen condiciones de competencia efectiva en el mercado de la producción y promoción de eventos de entretenimiento en vivo.
Advirtió que tampoco existe en la operación y administración de recintos y la distribución y comercialización de boletos para eventos de entretenimiento en vivo a nivel nacional.
"En consecuencia, se ordena el inicio de la investigación identificada (...) con el fin de determinar la probable existencia de barreras a la competencia y libre concurrencia y/o insumos esenciales que pudieran generar efectos anticompetitivos, en términos de la Ley Federal de Competencia Económica", se detalla en el documento.
EL DATO¿Qué es la Cofece y para qué sirve?
La Cofece tiene como objetivo garantizar la libre competencia y concurrencia, así como prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, en los términos que establecen la Constitución y las leyes.
La Cofece explicó que este documento sólo se refiere únicamente al inicio de un procedimiento de investigación en el que aún no se han identificado las restricciones que pudieran actualizar el artículo 94 de la Ley Federal de Competencia Económica.
Por lo que recalcó que este procedimiento no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre las condiciones de competencia efectiva en el mercado investigado, ni de la existencia de barreras a la competencia y libre concurrencia o insumos esenciales, ni de las medidas correctivas que, en su caso, podrían llegar a imponerse.
Por lo que, sólo si se determinara la existencia de elementos suficientes para sustentar la probable existencia de restricciones al funcionamiento eficiente del mercado investigado, se procederá conforme lo que establece la ley.
Por último, detalló que el periodo de investigación del presente procedimiento comenzará a contar a partir de este lunes, tras la publicación en el DOF, mismo que no podrá ser inferior a treinta días, ni excederá de ciento veinte días.
Este periodo podrá ser ampliado hasta en dos ocasiones, cuando existan causas que lo justifiquen.
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MRA