¿Algo salió mal? Te decimos cuándo aplica una denuncia o queja ante Profeco

Cuando un proveedor de bienes o servicios afecta los derechos del consumidor, existen dos formas de emprender acciones en su contra: la denuncia y la queja.

Conoce como poner una queja o denuncia ante Profeco. (Especial)
Ciudad de México, México /

Si algunas ocasión has sido parte de algún abuso o fraude después de una compra y has utilizado las redes sociales para exhibir la situación, esto no siempre ayuda.

Por lo que en MILENIO te decimos cómo realizar una denuncia y una queja ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) para que te ayude a tomar cartas en el asunto. 


De acuerdo con la Profeco, cuando un proveedor afecta los derechos de un consumidor, existen dos formas de emprender acciones en su contra: la denuncia y la queja

Denuncia

Cualquier consumidor puede exponer actos u omisiones de un proveedor o prestador de servicios que afecten los intereses de la sociedad o el personal. 

Si un establecimiento no cuenta con las medidas de seguridad adecuadas; si no tiene sus precios exhibidos o no los respetan; si no te dan kilos de a kilo o litros de a litro; o si un producto se anuncia usando de publicidad engañosa, entre muchos otros casos.

En respuesta a estos, la Profeco realizará una visita al proveedor y si se constata que lesiona los derechos de los consumidores y consumidoras, será sancionado para que no siga cometiendo abusos.

Para realizar alguna de las siguientes denuncias, puedes enviar u correo electrónico a las siguientes instituciones:

  • Denuncias establecimientos comerciales: denunciasprofeco@profeco.gob.mx.
  • Denuncias combustibles: denunciasgasolina@profeco.gob.mx.
  • Denuncias Gas LP: denunciasgaslp@profeco.gob.mx.
  • Denuncia Publicidad Engañosa: denunciapublicitaria@profeco.gob.mx.
  • Denuncias telecomunicaciones: denuncias.telecom@profeco.gob.mx.

También puedes llamar al Teléfono del Consumidor:  55 5568 8722 o asiste a alguna de las Oficinas de Defensa del Consumidor en el país.

Queja

 De acuerdo con la Profeco, la queja es una reclamación formal cuando un proveedor perjudica directamente al consumidor, al no respetar los términos y condiciones en que se contrata un servicio:

Que no respeten la garantía de un producto que se vendió o está en malas condiciones; que una aerolínea se niegue a prestarte el servicio que pagaste; o cuando te cobren una tarifa más alta que la correspondiente.

Para levantar una queja, se necesita acudir personalmente a algunas Oficina de Defensa del Consumidor, en la cual te pedirán que presentes los siguientes documentos:

  • Tu nombre y domicilio.
  • Identificación oficial.
  • Contrato, recibo o comprobante de compra.
  • Nombre y domicilio del proveedor, en caso de no aparecer en el recibo, señalar el lugar donde puede ser localizado.
  • Descripción del bien o servicio que se reclama y la descripción de los hechos que dieron lugar a la queja.
  • Formato de recepción de queja impreso.

Si el usuario se encuentra fuera del país y se realizó alguna transacción con alguna empresa mexicana que haya incumplido, también se puede presentar la queja vía telefónica o por internet.

Posteriormente se debe presentar una carta explicando los hechos en la que incluirás tu nombre, domicilio, correo electrónico, así como los del proveedor que te afectó, que aparezcan en el recibo o comprobante de la transacción.

  • El formato de recepción de queja.
  • Identificación oficial y comprobante de domicilio, escaneados.
  • Recibos, facturas y contratos que amparen el bien adquirido o servicio contratado, escaneados.
  • Cualquier otro documento adicional que pueda contribuir a la reclamación, escaneado.

Envía la documentación por correo electrónico a la dirección extranjeros@profeco.gob.mx.

¿Cuándo es una situación en la que Profeco no es competente?

Cuando el problema que enfrentas deriva de:

Una relación o contrato de trabajoLa prestación de servicios profesionales que no sean de carácter mercantil.

Los servicios prestados por sociedades de información crediticia i cuando los servicios regulados por las leyes financieras que presten las Instituciones y Organizaciones cuya supervisión o vigilancia esté a cargo de las comisiones nacionales Bancaria y de Valores; de Seguros y Fianzas; del Sistema de Ahorro para el Retiro o de cualquier órgano de regulación, de supervisión o de protección y defensa dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

AMT

  • Eduardo de la Rosa

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