Un juez federal admitió a trámite una demanda de concurso mercantil involuntario contra la empresa Internacional de Inversiones SAPI (IDEI), la cual desarrolló la Torre KOI, considerada la segunda más alta en el país.
Asimismo, se demandó a sus filiales Trazzo Inversiones Inmobiliarias, Inmobiliaria Centro Monterrey y Trazzo Urbano Internacional.
Saúl Martínez Lara, juez Segundo de Concursos Mercantiles con residencia en la Ciudad de México con competencia en todo el país, dio entrada a la demanda con número 72/2023, promovida por PMP Ingeniería y GTC Termo Control.
El juzgador dictó medidas cautelares como la prohibición a las comerciantes de hacer pagos de obligaciones vencidas con anterioridad a la fecha de admisión de la demanda de concurso mercantil.
De igual manera, la suspensión de todo procedimiento de ejecución contra los bienes o derechos de la comerciante.
La prohibición a las comerciantes de realizar operaciones de enajenación o gravamen de los bienes principales de sus empresas, salvo que ello sea necesario para mantener el curso ordinario de su negocio en términos de la ley.
Además, la prohibición de realizar trasferencias de recursos o valores a favor de terceros, salvo que ello sea necesario para mantener el curso ordinario de su negocio.
El arraigo de la comerciante (a través de su Administrador Único), para el solo efecto de que no pueda separase del lugar de su domicilio sin dejar, mediante mandato, apoderado suficientemente instruido y expensado.
“Lo anterior, con el apercibimiento a las comerciantes, que para el caso de no acatar dichas medidas, se le impondrá una medida de apremio consistente en una multa de ciento veinte a quinientas Unidades de Medida y Actualización, de conformidad con el artículo 269, fracción I, de la Ley de Concursos Mercantiles, conforme a las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, detalla el acuerdo del juzgador.
La demandante en su escrito inicial, solicitó las medidas precautorias siguientes:
La prohibición de hacer pagos, salvo que se trate de operaciones indispensables para mantener el curso ordinario de su negocio; La suspensión de todo procedimiento de ejecución o levantamiento de cualquier embargo en contra de los bienes y derechos de las Comerciantes; La prohibición a las Comerciantes de realizar operaciones de enajenación o gravamen de los bienes principales de sus empresas, salvo que ello sea necesario para mantener el curso ordinario de su negocio en términos de la ley.
También, la prohibición de realizar transferencias de recursos o valores a favor de terceros salvo que ello sea necesario para mantener el curso ordinario de su negocio; La prohibición de aseguramiento por parte de terceros sobre bienes propiedad de las Comerciantes que resulten indispensables para mantener el curso ordinario de su negocio; y, la prohibición de realizar retiros y/o transferencias de recursos o valores de cualquier naturaleza a terceros, salvo que se trate de operaciones indispensables para mantener el curso ordinario de su negocio.
“Al respecto, dígase a los promoventes que por lo que hace a las medidas precautorias identificadas con los numerales 1, 2, 3, 4 y 5, este resolutor las decretó de oficio en párrafos que anteceden. En relación a la identificada con el número 6; dígase a los promoventes que dicha medida, se encuentra inmersa en los números 1, 3 y 4, de las medidas dictadas de oficio por este órgano jurisdiccional”, aclaró el juzgador.
Cabe mencionar que la empresa fue fundada en 1974, y en octubre de 2023 Jorge Martínez Páez asumió el cargo de director general de IDEI.
En septiembre pasado, IDEI reportó una deuda de 12 mil 171 millones de pesos.
LG