Corte libra a empresa Pegaso de pago de impuestos por 4 mil 400 mdp

El pleno de la Suprema Corte acordó que esta información deberá tratarse bajo estrictos estándares de confidencialidad y protección de datos personales.

La Corte declaró constitucional el artículo 2448 F del Código Civil de la Ciudad de México.
Carlos Vega
México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Secretaría de Hacienda no tiene legitimidad para interponer un recurso de revisión contra un amparo concedido por un tribunal a la empresa Pegaso PCS, S.A. 

En este sentido, la compañía libró un pago de más de 4 mil 400 millones de pesos por concepto de pago de impuestos.

Por mayoría de votos, así fue el rechazo del tribunal

En sesión pública, el pleno del alto tribunal rechazó analizar el recurso como propuso el proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzo para desechar el argumento de Hacienda contra una sentencia del Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.

Por mayoría de ocho ministros, el máximo tribunal del país desechó el recurso, por lo que la empresa evitó el pago de 4 mil 442 millones de pesos por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR) del ejercicio fiscal 2015.

La ministra Lenia Batres fue la única en votar en contra del proyecto y reclamó que constitucionalmente está prohibida la condonación de impuestos.

“Dado que el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que en nuestro país está prohibida la condonación de impuestos, no solamente no la puede otorgar el gobierno, es decir, el poder ejecutivo, tampoco la puede otorgar el legislativo, pero tampoco la puede otorgar el poder judicial, y aquí estamos permitiendo que esta empresa no cumpla un deber que tenemos todos los mexicanos”, señaló.

Validan registro digital de contratos de arrendamiento de vivienda

En otro asunto, la Corte declaró constitucional el artículo 2448 F del Código Civil de la Ciudad de México que establece el registro digital de contratos de arrendamiento de vivienda, pero este funcionará con información limitada que permita verificar el cumplimiento del límite del incremento de alquileres de viviendas.

El proyecto presentado por el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz será modificado a petición de la mayoría de los integrantes del pleno para que únicamente incluya datos como el monto de la renta y el incremento pactado, así como la colonia y alcaldía del inmueble.

Mientras que el resto de las cláusulas, tales como descripción detallada del inmueble, lugar de pago de la renta, garantía, término del contrato, entre otros, deben quedar excluidas del proyecto.

Esto último con la finalidad de únicamente almacenar datos que tengan como objetivo dar seguimiento a la evolución de los precios del arrendamiento y generar estadísticas que permitan evaluar la asequibilidad del mercado habitacional.

El pleno de la Suprema Corte acordó que esta información deberá tratarse bajo estrictos estándares de confidencialidad y protección de datos personales.

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KL

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