El gobierno federal publicó las bases para la legalización de autos chocolate en Tamaulipas, como en los restantes 9 estados considerados dentro de la iniciativa enviada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador. Se especificaron los montos y requisitos que deberán cubrir los propietarios para nacionalizar las unidades.
Dentro del documento emitido en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, se aclararon el monto a pagar por unidad, además de los detalles de qué vehículos motrices son considerados y los papeles a presentar por los propietarios, especificó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León y Sonora.
Se destaca, el dueño debe presentar el año-modelo del vehículo sea de ocho o más años anteriores a aquél en el que se realice la importación definitiva; debe ser persona física, mayor de edad, residente en el territorio de los estados mencionados. Está obligado a presentar una manifestación bajo protesta que el vehículo no se encuentra en los supuestos previstos en el artículo 5 de este Decreto, sobre qué coches no podrán importarse y pagar 2 mil 500 pesos.
Dónde registrarse
Además, los conductores efectuarán el trámite de registro señalado en la Ley del Registro Público Vehicular y demás disposiciones aplicables en la materia, que al efecto establezca la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, con el apoyo y colaboración de las entidades federativas.
¿Qué coches están prohibidos?
Al respecto, el Artículo 5 del decreto reiteró que quedan prohibidos por sus características o aspectos técnicos, sea de lujo o deportivo, no cumplan con las condiciones físico mecánicas o de protección al medio ambiente, tenga reporte de robo o se relacionan con la comisión de un delito en alguna carpeta de investigación o proceso penal.
Repartición de ingresos
Hacienda aclaró, de igual manera, los ingresos se destinarán a acciones de pavimentación en los municipios que correspondan conforme a una distribución porcentual basada en el número de vehículos regularizados y registrados de acuerdo con el domicilio del importador con el que se haya realizado el trámite respectivo, conforme a los convenios que para tales efectos celebre dicha Secretaría con las entidades federativas.