De cara a mejorar la simplificación de trámites en materia de concesiones para el uso y aprovechamiento de bandas de espectro y servicios de radiofrecuencia, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) simplificó diversos trámites y requisitos.
Mediante un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la comisión refirió que, anteriormente, inscribir información en el Registro Público de Concesiones implicaba presentar una solicitud formal ante la CRT.
Dicha requisición debía revisar y aprobar, con plazos de hasta 30 días; ahora, 16 tipos de trámites se convierten en avisos, lo que significa que la empresa simplemente informa a la comisión y el trámite queda registrado de forma automática.
Ahora cuatro pares de trámites del Sistema Nacional de Información de Infraestructura (SNII) se fusionan en uno solo, reduciendo el número de homoclaves y simplificando los procedimientos de entrega de información de infraestructura de red, consulta de datos y cancelación de accesos.
Las nuevas medidas de simplificación entrarán en vigor el 9 de septiembre, con un plazo de 15 días hábiles para que la CRT implemente las modificaciones necesarias en sus sistemas; cabe destacar que los trámites ya iniciados se rigen por las reglas anteriores.
Como parte de la simplificación y mayor agilidad de trámites, la acreditación de representante legal pasa de 30 a 5 días hábiles, y el acceso a la ventanilla electrónica también se reduce de 10 a 5 días hábiles.
“La simplificación de los trámites del Registro Público de Telecomunicaciones contribuye a fortalecer institucionalmente a la comisión, al mejorar la eficiencia, coherencia y transparencia de sus procesos administrativos y favorecer la competitividad del sector de las telecomunicaciones y de radiodifusión”, se detalló en el documento.
Mayor escrutinio en documentos
Dentro del acuerdo también se apuntó que, si ahora la CRT detecta que un documento presentado es falso o alterado, incluso si fue generado con herramientas de Inteligencia Artificial (IA), lo reportará a las autoridades competentes.
Sin embargo, aclaró expresamente que "el uso legítimo de dichas herramientas no generará, por sí mismo, presunción alguna de irregularidad ni constituirá causa de vista a otras autoridades".
“En el caso de tener indicios de que la documentación presentada es apócrifa o alterada de manera autógrafa o generada con herramientas de inteligencia artificial, se dará vista a las autoridades competentes para los efectos legales a que haya lugar”, se precisó.
PSAJ