La iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifica la Ley Minera, presentada por el Grupo Parlamentario de Morena, pretende atender y regular el impacto social en las concesiones y asignaciones mineras y para ello promueve facultades al Servicio Geológico Mexicano y la Secretaría de Economía.
Entre los objetivos de la ley está: facultar al Servicio Geológico Mexicano para que pueda realizar estudios de impacto social respecto a las áreas objeto de concesión y de asignación mineras y facultar a la Secretaría de Economía para que pueda declarar zonas inviables de explotación o en conflicto por impacto social negativo, así como cancelar concesiones y asignaciones mineras por este motivo
También establece que toda concesión, asignación o zona que se incorpore a reservas mineras atenderá los principios de sostenibilidad y respeto de los derechos humanos de las comunidades y pueblos de las regiones en los que se pretendan desarrollar.
Además de obligar a los titulares de concesiones mineras a que destinen un monto para el desarrollo humano y sustentable de las comunidades o localidades en las que realicen sus actividades de exploración y explotación así como a rendir un informe anual del impacto social de su lote minero; y en caso de no hacerlo, cancelar la concesión por incumplimiento.
Para ello considera que antes de expedir un título de concesión se realizará un estudio de impacto social respecto a las áreas objeto de concesión y de asignación.
Para medir el impacto en los pueblos indígenas, la Secretaría de Economía deberá llevar a cabo los procedimientos de consulta previa, libre e informada necesarios y cualquier otra actividad necesaria para su salvaguarda, en coordinación con el Servicio Geológico Mexicano.
El proyecto de decreto considera la cancelación de las concesiones mineras cuando no se presente al Servicio Geológico Mexicano el informe anual del impacto social; o bien por no ejecutar o comprobar la ejecución de las medidas de mitigación y los planes de gestión social correspondientes.
También se podrán cancelar las concesiones por no destinar los montos económicos mínimos para el desarrollo humano y sustentable de las comunidades o localidades en las que haya actividades de exploración y explotación.
LVM