¿Lo sabías? Estos son los gastos educativos que puedes deducir ante el SAT en este regreso a clases

Algunos gastos en educación son posibles de deducir de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Conoce los gastos educativos deducibles (Unsplash)
Ciudad de México /

Aunque la mayoría de los impuestos en gastos educativos como uniformes, útiles y comidas, no son deducibles ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), existen algunos gastos complementarios que sí tienen deducción.

De acuerdo con el SAT, si eres una persona física en tu Declaración Anual tienes derecho a presentar las siguientes deducciones personales: salud, gastos funerarios, donativos a instituciones autorizadas, intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios y la educación.

¿Qué son las deducciones personales? Son los gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio. Sin embargo, en el ámbito educativo, solo algunos gastos son deducibles ante el SAT.

¿Cuáles son los gastos educativos deducibles ante el SAT?

  • Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios ante la SEP.
  • Transporte escolar, solo si es obligatorio.

En el caso de las colegiaturas, están podrán ser presentadas en la Declaración Anual desde el nivel preescolar hasta el bachillerato, con el siguiente límite anual de deducción:

  • Preescolar: 14,200 pesos.
  • Primaria: 12,900 pesos.
  • Secundaria: 19,900 pesos.
  • Profesional técnico: 17,100 pesos.
  • Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.

¿Cómo puedo deducir impuestos en educación para el regreso a clases?

Para hacer efectivo este beneficio, se requiere contar con los siguientes requisitos:

  • Comprobantes de pago correspondientes.
  • Cuando realices pagos en un mismo ejercicio fiscal, por una misma persona, por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles educativos, el límite anual de deducción que puedes disminuir es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del nivel que concluyó o el que inició.

Por último y muy importante a destacar, las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles. Para más información, puedes consultar el portal del SAT.

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