¿Cuánto dinero en efectivo se puede llevar en el avión?

Si realizarás un viaje, te decimos cuánto dinero puedes llevar en el avión, para que evites sanciones o decisiones equivocadas por falsas creencias.

En muchos casos se han evidenciado movimientos ilegales a través del hallazgo de grandes cantidades de efectivo en viajes de avión. (Especial)
Ciudad de México /

La seguridad que hay en los aeropuertos es uno de los temas más relevantes a la hora de viajar, pues hay restricciones con artículos que se pueden llevar y los cuales no, que pueden no sólo desviar tus planes sino meterte en problemas con la justicia. Por ello te decimos cuánto dinero en efectivo se puede llevar en el avión.

Como se ha documentado a lo largo de los años, las agencias de inteligencia ponen atención especial en lo que sale y entra de ciudades y países vía aérea. Esta clásica estrategia ha dado con la captura de delincuentes muy buscados.

Un punto en común es la revisión del equipaje que transporta, entre otros, el dinero en efectivo. Te compartimos con cuánto puedes viajar en el avión.

¿Con cuánto dinero se puede viajar en el avión?

Al volar dentro de territorio mexicano, las restricciones son más flexibles. Según el Servicio de Administración Tributaria (SAT), no existe un límite específico para la cantidad de efectivo que puedes transportar en un vuelo nacional.

Sin embargo, no sucede lo mismo para la gente que ingresa al país o viaja al extranjero. En el Artículo 9 de la Ley Aduanera indica que: 

"Toda persona que ingrese al territorio nacional o salga del mismo y lleve consigo cantidades en efectivo, en cheques nacionales o extranjeros, órdenes de pago o cualquier otro documento por cobrar o una combinación de ellos, superiores al equivalente en la moneda o monedas de que se trate, a diez mil dólares de los Estados Unidos de América, estará obligada a declararla a las autoridades aduaneras, en las formas oficiales aprobadas por el Servicio de Administración Tributaria".

El dinero en efectivo implica una fuerte cantidad de verificaciones, lo mismo que órdenes de pago y cheques, además quienes superen la cantidad establecida, está obligado a declarar dicha cantidad a las autoridades aduaneras del aeropuerto.

Si la cantidad supera los 16 mil pesos mexicanos, es obligatorio realizar la declaración. Para esto, se deben completar los formularios correspondientes:

  • Declaración de Aduana para pasajeros procedentes del extranjero.
  • Declaración de dinero para salida de pasajeros.

No declarar el efectivo puede resultar en una multa del 20 por ciento al 40 por ciento sobre la cantidad que exceda los 10 mil dólares que indica la ley.

¿Qué puedes ingresar en tu equipaje?

  • ​Bienes de uso personal, tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluyendo un ajuar de novia; artículos para bebés, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
  • Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (GPS); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
  • Dos equipos deportivos personal​es, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
  • Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de DVD; un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.
  • Cinco discos láser, 10 discos DVD, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
  • Libros, revistas y documentos impresos.
  • Cinco juguetes, incluidos los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
  • Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal (en caso de sustancias psicotrópicas debe mostrarse la receta médica).
  • Velices, petacas, baúles y maletas o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
  • Un binocular y un telescopio.
  • Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
  • Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
  • Un juego de herramientas de mano con su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
  • Los pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 10 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco; hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y 6 litros de vino.
  • Los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones, tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.



DMZ

  • Daniel Zainos
  • daniel.monroy@milenio.com
  • Comunicólogo egresado de la FCPyS de la UNAM. Redactor de Discover. De seguridad a espectáculos, escribo de todo un poco… si Trends lo permite. Fan de la música, los podcast y la exploración cotidiana.

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