El Sistema de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer cómo participar en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) en este 2024.
Por ello, si te interesa pagar menos impuestos, te contamos cómo puedes unirte, si eres candidato y cuánto es lo máximo de ISR.
¿Qué es Resico?
El Régimen Simplificado de Confianza es una simplificación administrativa para que el pago del impuesto sobre la renta (ISR) se realice de forma sencilla, rápida y eficaz. El objetivo de este nuevo esquema es la reducción de las tasas de este impuesto para que las personas que tengan menores ingresos, paguen menos.
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La propuesta está orientada a contribuyentes personas físicas que perciben ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos facturados conforme a su actividad económica, pertenecientes a alguno de los cuatro regímenes fiscales que conforman el Régimen Simplificado de Confianza:
- Actividades empresariales y profesionales
- Régimen de Incorporación Fiscal
- Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento)
- Actividades Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras o Silvícolas
¿Cuáles son los beneficios de Resico?
Además de pagar tasas mínimas para el pago de impuestos, que van del 1 al 2.5 por ciento, otras ventajas de este régimen fiscal son:
- Cálculo automático de impuestos.
- Simplificación de precarga de información en las declaraciones.
- Los ingresos y gastos se consideran hasta que se perciban y se paguen efectivamente.
- El pago del ISR se realiza de forma sencilla, rápida y eficaz.
- Exención en el pago del ISR, para aquellos que se dediquen exclusivamente a actividades del sector primario y sus ingresos sean menores a 900 mil pesos al año, siempre y cuando hayan emitido facturas a sus clientes.
¿Cuáles son los requisitos?
En un comunicado publicado por el SAT, se recordó a las personas que gozan de las ventajas de simplificación tributaria, que los requisitos para continuar en dicha modalidad son:
- Estar activos en el RFC.
- Estar al corriente con sus obligaciones fiscales.
- No encontrarse en el listado del 69-B del Código Fiscal de la Federación.
- Presentar los pagos provisionales, así como su declaración anual.
- Tener ingresos efectivamente pagados menores a 3.5 millones de pesos al año.
- Contar con e.firma y Buzón Tributario activo.
Sin embargo, hay algo que las personas físicas deben tener cuenta: debido a estas pequeñas tasas de pago de ISR, no podrán deducir ningún tipo de gasto.
DMZ