¿Debo presentar la declaración anual? Año con año los contribuyentes se hacen la misma pregunta, lo cierto es que no todos deben realizar ese reporte ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT); sin embargo, si es tu caso debes saberlo para evitar futuras multas por no pagar tus impuestos.
Aquí te decimos quiénes sí y quiénes no están obligados presentar este año su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2021.
El Dato.¿Qué es la declaración anual?
Es un reporte en el que se detallan los ingresos y gastos que el contribuyente realizó en el ejercicio fiscal anterior.
¿Quiénes sí deben hacer su declaración anual?
En abril declaran las personas físicas que obtuvieron ingresos por:
- Salarios: de un sólo patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre; si además obtuvieron ingresos distintos de salarios; si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea; si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener; si además obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación; y si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos.
- Servicios profesionales, aquellos que obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios.
- Actividades empresariales, incluidas quienes tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal y optaron por hacer pagos provisionales bimestrales aplicando coeficiente de utilidad.
- Actividades empresariales realizadas únicamente a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares, que no hayan optado por realizar pagos definitivos.
- Cobrar rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).
- Reciben intereses o dividendos.
- Enajenaron bienes, si vendieron algún bien.
- Adquisición de bienes, si compraron algún bien.
¿Quiénes no deben presentar su declaración anual?
No declaran las personas físicas que obtuvieron ingresos por:
- Salarios de un sólo patrón siempre que no excedan de 400 mil pesos en el ejercicio.
- Salarios de un sólo patrón e intereses reales, no mayores a 400 mil pesos, siempre que los intereses reales no hayan excedido de 100 mil pesos en el ejercicio.
- Salarios de un sólo patrón, siempre que no exista impuesto a cargo del contribuyente en la declaración anual, el patrón les haya emitido el comprobante de nómina por la totalidad de los ingresos del ejercicio y en su caso, los ingresos del contribuyente por intereses nominales que provengan de instituciones que componen el sistema financiero, no hayan excedido de 20 mil pesos en el ejercicio.
AMP