El mes de la Declaración Anual ya está aquí; durante abril las personas físicas deben presentar este proceso ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y si tú tienes un crédito hipotecario, incluso podrías obtener un saldo a favor por parte del organismo, aquí te decimos cómo.
Las fechas para realizar el trámite correspondiente al ejercicio fiscal 2024 serán del 1 al 30 de abril de 2024, por lo que todavía puedes saber cómo hacer el cálculo de los intereses de tu crédito con el Infonavit.
En este documento presentas las operaciones que hiciste a lo largo de un año ante el organismo; la medida sirve para mejorar los procesos y con ello, la recaudación puede ser más efectiva e incrementar.
Para hacer tu declaración sólo necesitas tener tu RFC, contraseña en el SAT o tu e.firma y no aplica para todos los contribuyentes. En este trámite el organismo determina de cuánto debe ser tu pago de impuestos o bien, si deben devolverte dinero.
En este último proceso se pueden deducir pagos como los de colegiaturas, servicios médicos, créditos hipotecarios, así como los médicos y hospitalarios.
Al presentarla debes considerar siempre todos tus ingresos y tendrás que tener a la mano tu constancia de percepciones y retenciones, recibos de honorarios y tus declaraciones anuales previas sin adeudo, así como las facturas electrónicas de tus actividades.
¿Quiénes deben hacer la declaración anual 2024?
Según las disposiciones de la instancia, entre los contribuyentes que deben hacer este trámite obligatorio se encuentran:
- Los que están en el régimen de sueldos y salarios:
Con un solo patrón y dejaron de trabajar antes del 31 de diciembre.
Si obtuvieron ingresos distintos de salarios.
Si estuvieron colaborando con dos o más patrones de manera simultánea.
Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
Si obtuvieron ingresos por indemnización.
Si los ingresos por jubilación o pensiones excedan el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).
Si los ingresos anuales totales exceden los 400 mil pesos.
También deberán hacer este pago quienes se encuentran realizando:
- Servicios profesionales.
- Actividades empresariales (incluye plataformas tecnológicas, región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad).
- Arrendamiento de bienes inmuebles.
- Enajenación o adquisición de bienes.
- Intereses o dividendos.
- Se encuentran bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
No presentar tu declaración anual puede hacerte acreedor a sanciones que van de los mil 400 hasta los 17 mil 370 pesos. Mientras, por cada obligación que se presente fuera de plazo, las multas pueden ir de los mil 400 hasta los 34 mil 730 pesos.
Además, la información sobre los retrasos también puede llegar hasta las Sociedades de Información Crediticia (SIC), en las que se encuentra tu historial crediticio; por ello, no rendir tu declaración puede influir también en una mala calificación en tu historial y por ende, perjudicar tu acceso a préstamos o productos en crédito.
¿Cómo hacer la deducción de mi crédito Infonavit en mi declaración anual?
Entre las deducciones que puedes utilizar para reducir la carga fiscal y que puedas ser candidato a que el SAT te devuelva dinero, son los intereses reales que se pagan por los créditos hipotecarios.
Así, si eres derechohabiente del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) puedes hacer este proceso sobre los pagos que realizaste a lo largo de 2023.
Esta deducción se hace sobre los intereses reales en tu financiamiento hipotecario, es decir, la diferencia entre los intereses que pagaste por tu crédito a lo largo del año menos la tasa de inflación.
De esta manera, si en 2023 estuviste pagando tu crédito y tiene una tasa de interés fija de 7 por ciento, a esa cifra debes restarle el nivel de inflación que se haya registrado en el año (4.66 por ciento); el resultado serán los intereses reales, es decir, 2.33 por ciento.
Aunque la autoridad fiscal suele tener precargada esta información en su sistema, puedes saber cuál será tu deducción utilizando la Carta Constancia de Intereses, para solicitarla debes seguir los siguientes pasos:
- Ingresar a Mi Cuenta Infonavit.
- Aunque para saber cuánto pagaste de intereses y cuánto podrás deducir es descargando la Carta Constancia de Intereses desde Mi Cuenta Infonavit
- Ingresa a Mi Cuenta Infonavit.
- Selecciona la pestaña “Mi crédito”, que está en el menú del lado izquierdo
- Haz clic en “Constancia de intereses”.
- Elige el año fiscal que quieres declarar.
- Presiona el botón “Consultar”.
- Descarga o imprime el documento.
Una vez que tengas el archivo, entrégalo con tu contador o sigue las instrucciones dentro de la plataforma del SAT cuando estés realizando tu declaración.
Si tienes alguna duda sobre el procedimiento, puedes acudir directamente a las oficinas del servicio para que te ayuden.
¿En cuánto tiempo puedo hacer el pago de mi declaración anual?
Si tras rendir tu declaración la autoridad determina que no tienes saldo a favor, no te preocupes pues todavía tendrás unos meses para poder hacer el pago correspondiente.
A través de un comunicado, el SAT informó que los contribuyentes que se encuentren en esta situación tendrán un periodo de hasta seis parcialidades para realizar la aportación correspondiente.
“Esta medida será efectiva siempre y cuando el contribuyente realice la declaración en tiempo y forma dentro del plazo legal establecido (abril de 2024) y el pago de la primera parcialidad se haga dentro de dicho periodo”, señaló.
Para poder hacer uso de esta herramienta se deben seguir las siguientes recomendaciones:
- Los pagos se hagan a más tardar el último día del mes al que correspondan.
- Se usen las líneas de captura que genera el sistema cuando se presenta la declaración.
- Los formatos estarán disponibles para reimpresión en la opción “Impresión de acuse”.
- Se pueden hacer pagos anticipados.
- Las aportaciones se hacen en las instituciones de crédito autorizadas.
- Si las parcialidades no se cubren en tiempo y forma, se cobrarán recargos.
- El último pago debe ser cubierto a más tardar el 30 de septiembre de 20224.
CMOG