¿Te amenazaron para cobrarte? Esto es lo que pueden y no hacer los despachos de cobranza

Los despachos de cobranza deben acatar ciertas reglas, incluyendo los horarios en los que pueden llamarte.

Los despachos de cobranza deben dirigirse al deudor de manera respetuosa. (Shutterstock)
Ciudad de México /

Deshacerse de las deudas es unos de los propósitos más comunes cada año, pero debido a circunstancias que muchas veces escapan de nuestro control, a veces es imposible saldarlas, y ante esto, tu institución financiera podría valerse de algunos métodos para exigir su pago, por lo que es posible que algunos de ellos te llamen, o bien, sea un despacho de cobranza quien te invite a ponerte al día.

¿Qué es un despacho de cobranza?

Los despachos de cobranza son contratados por las entidades financieras para realizar la gestión del cobro de sus créditos, préstamos o financiamientos, entre la cual destaca su denominación o razón social, domicilio, teléfonos y correo electrónico utilizados para realizar sus gestiones.

De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), para que estos despachos ejerzan su función, deben acatar ciertas reglas, incluyendo los horarios en los que pueden llamarte; es decir, no pueden marcarte antes de 7:00 horas o después de las 22:00 horas.

Obligaciones de los despachos de cobranza

  • Dirigirse al deudor de manera respetuosa y educada.
  • Comunicarse o presentarse en un horario de 7:00 a 22:00 horas.
  • Documentar por escrito con el deudor el acuerdo de pago, negociación o reestructuración.
  • Entregar a la entidad financiera los documentos que contengan los acuerdos referidos.

Lo que no deben hacer

  • Utilizar nombres o denominaciones que se asemejen a las de instituciones públicas.
  • Utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como "confidencial", "oculto “ o "privado".
  • Amenazar, ofender o intimidar al deudor, sus familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda.
  • Enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales u ostentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad.
  • Establecer listas negras, cartelones, o anuncios, que hagan del conocimiento del público la negativa de pago de los deudores.

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