La Secretaría de Economía detalló que las importaciones de llantas chinas amenazan la producción del país; en una publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), detalló:
"El daño a la industria nacional se debió a que solicitantes exportaron en volúmenes que ocasionaron desabastecimiento y, en consecuencia, no atendieron la demanda en el mercado nacional. Existen elementos suficientes que sustentan de manera preliminar que, durante el periodo investigado, importaciones del producto se realizaron en condiciones de discriminación de precios y causaron una amenaza de daño a la rama de la producción nacional".
Economía determinó que aún no puede calcular un margen de discriminación, por lo que seguirán los procesos y no se determinó implementar aranceles.
Las marcas involucradas
Para la siguiente parte del proceso, Economía concedió un plazo de 20 días, contados a partir de este viernes 5 de abril de 2024, para que las partes interesadas acreditadas en el procedimiento, de así considerarlo conveniente, comparezcan con argumentos y pruebas complementarias que estimen pertinentes.
Este plazo concluirá a las 14:00 horas del día de su vencimiento si se presenta a través de la Oficialía de Partes; dicha resolución proviene de que, el 30 de noviembre de 2022, las empresas del sector Bridgestone, Compañía Hulera Tornel, Continental Tire, Michelin y la Cámara Nacional de la Industria Hulera (CNIH) le solicitaron la investigación por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios.
Tras un examen en el que analizó los argumentos y las pruebas que las partes aportaron, determinó que las importaciones de llantas de construcción radial para automóvil y camioneta originarias de China fueron realizadas en condiciones de discriminación de precios.
El 24 de octubre de 2023, Economía notificó a las empresas la decisión de calcular un margen de discriminación de precios a partir de una muestra en la que se consideraría a los exportadores que representaron el mayor volumen de exportaciones, los cuales son:
- Zodo Tire.
- Zhaoqing Junhong.
- Wanli Tire.
- Shandong Haohua Tire.
- Shandong Linglong Tyre.
- Shandong Changfeng Tyres.
A estas empresas se les concedió un plazo con el propósito de que realicen sus manifestaciones al respecto. Empresas chinas no presentaron un resumen público; presentaron información en idioma distinto al español, menoscabando su posibilidad de conocer el contenido, violando su garantía del debido proceso.
EDD