Ante las declaraciones de la presidenta electa de México, Claudia Sheinbaum Pardo, sobre convertir a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y a Petróleos Mexicanos (Pemex), nuevamente en empresas públicas, con el fin de mantener una estabilidad en sus precios, nosotros en MILENIO te explicamos la diferencia entre empresas productivas y públicas.
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Empresas productivas del estado
De acuerdo a un documento emitido por Pemex, las empresas productivas del estado, son una persona moral de derecho público que son controladas por el gobierno federal, así como también por la administración pública federal, las cuales se encuentran dotadas de un marco jurídico propio, acorde con sus fines de carácter productivo, promoviendo su manejo ágil, eficiente y transparente.
“Cuyo objeto es desarrollar la actividad estratégica del Estado consistente en la exploración y extracción del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, así como su recolección, venta, transformación y comercialización, incluyendo su transformación, venta y comercialización de sus derivados”, explicó.
Agregó que para realizar estas actividades, sería mediante el desarrollo de actividades empresariales, económicas, industriales y comerciales, con el objetivo de generar valor económico, así como rentabilidad para el Estado Mexicano como su propietario.
Empresas públicas del estado
A diferencia de las empresas productivas, las compañías públicas del estado son los entes productores o comercializadores de bienes y servicios que tengan por parte del sector público, la propiedad total o mayoritaria directa o indirectamente, aseguró la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal).
De acuerdo con la Universidad Nacional Autónoma (Unam), el régimen de las empresas públicas se basa en tres figuras siendo en “primer lugar las compañías que estén legalmente constituidas como organismos públicos descentralizados; en segundo lugar se encuentran las sociedad mercantiles públicas o empresas de participación estatal mayoritaria; finalmente los fideicomisos públicos”.
En relación a sus características jurídicas se detalló que son creadas por el estado, tienen personalidad jurídica propia o son unidades económicas, tienen un ámbito territorial determinado, son órganos de representación y se rigen por el derecho público en sus relaciones con la administración central y por el derecho privado en sus relaciones con particulares.
En torno a sus características político- administrativas, su patrimonio es estatal por lo que el estado puede disponer de sus fondos, tienen la capacidad de administrarse por sí mismas y sus relaciones con el ejecutivo federal son realizadas por la secretaría de estado o departamento administrativo que determine el presidente de la república.
CHZ