En enero próximo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe resolver la constitucionalidad de la nueva norma de etiquetado en alimentos y bebidas; sin embargo, las empresas ya están planeando llevar una queja ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, organismo que forma parte de la Organización de los Estados Americanos (OEA), si no es positivo el resultado para ellos.
Especialistas consultados por MILENIO afirman que si llegara el organismo internacional a aceptar la denuncia del sector privado, solicitarán a la Corte mexicana explicaciones sobre su pronunciamiento, porque la iniciativa privada considera que la medida es “discriminatoria”.
El doctor en derecho constitucional, Rogelio Rodríguez Garduño, dijo que el asunto es extremadamente delicado, porque pone en riesgo la viabilidad y competitividad de miles de empresas y el crecimiento económico.
“El asunto no es menor porque de declarar la Corte improcedente el primer amparo promovido por una empresa refresquera (Barrilitos), todos los demás en la lista y los que se presenten caerán en “cascada” bajo la figura constitucional de precedente obligatorio, en vigor desde marzo del año pasado”, advirtió.
Expuso que la figura de precedente obligatorio inscrita en el artículo 94 de la Constitución es equivalente a la jurisprudencia que requiere de cinco criterios ininterrumpidos, pero en este caso cuando concurra el voto de ocho ministros en la resolución del primer amparo, los criterios y razones de la sentencia se hacen obligatorios para los magistrados de circuito, jueces y todas las autoridades judiciales del país sin prácticamente ninguna posibilidad de nueva apelación.
Ismael Reyes Retana, abogado constitucionalista y socio de la firma White & Case, opinó que quienes defienden la constitucionalidad de la norma están en un error porque solo se aplica a los productos envasados como el pan dulce de marca, mientras que el que se vende a granel, como el bolillo, que contiene hasta 70 por ciento más de sodio, no tienen advertencia.
“La norma es discrecional porque se aplica por lo mismo a una unidad que a mil unidades caloríficas, como es el caso de las mermeladas y las mayonesas, por lo que es derecho de las empresas quejarse por inequidad o discriminación”, explicó.
La Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra) estimó que esta norma encarece la producción industrial de 30 centavos hasta 2 pesos cada producto, dependiendo el sector, además de que afecta la imagen de las empresas.
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Posibles alternativas
El doctor Rodríguez Garduño mencionó que una salida a la queja de discriminación y estigmatización por el etiquetado de alimentos y bebidas es armonizar el derecho a la salud con los procesos industriales.
Esto implicaría que la Corte nacional solicite una revisión de la norma y solo la parte que afecte la salud se declare constitucional debido a que existe un amplio margen de discrecionalidad que no deja distinguir los productos que apenas rebasan los límites permitidos de azúcares, calorías o sodio.
“La revisión de la norma con estudios métricos y científicos permitiría despejar muchas dudas y dar mayor certeza en la reformulación de alimentos y bebidas, que es lo que requiere la industria”, destacó.
Marcela Martínez Pichardo, presidenta del sector alimentos, bebidas y tabaco de la Canacintra, consideró que es injusto que se satanice a las empresas cuando el problema de la obesidad tiene muchas aristas.
Además sostiene que no se demostró que el etiquetado actual es mejor que el anterior, además de que una medida de información sanitaria y comercial se volvió una medida de restricción de otros derechos como es la propiedad industrial.
Expuso que la medida no permite hacer énfasis en las cualidades positivas del producto para poder diferenciarse de otro y poder dotar el consumidor de información adicional, pues aunque se habla que el nuevo etiquetado está basado en evidencia científica, la realidad es que es una réplica de su implementación en Chile y ahora por las políticas de la OPS, se ha venido aplicando Latinoamérica, pero no en Estados Unidos, Europa y otros países que usan otros etiquetados o lo utilizan para dar información nutricional.
Sostuvo que el etiquetado frontal es una medida discriminatoria porque simplemente detona alertas sin brindar una información nutricional de primera mano lo que motiva al consumidor a tomar una pronta decisión en perjuicio de la industria, particularmente de alimentos envasados que suponiendo tuviera el mejor etiquetado del mundo, éste no va a lograr el objetivo de política pública de combate a la obesidad pues por otra parte el mayor consumo de productos alimenticios se hace de manera directa, es decir, a granel o preparado, mismos que no dan información nutricional al consumidor.
“Si la autoridad quiere resolver el problema multifactorial de la obesidad, lejos de sancionar a las empresas de alimentos que desde hace años vienen modificando sus productos para reducir su contenido calórico, se debe trabajar colaborativamente buscando el bien común. Creemos que hay un sesgo contra las empresas de alimentos y lo que se requiere es que cada parte, gobierno, empresas y sociedad, asuman su responsabilidad”.
La directiva de la Canacintra opinó que lejos de que el gobierno continúe pensando en medidas prohibitivas, lo que debe generar son alternativas para trabajar conjuntamente con el sector privado y la sociedad y aplicar en lo inmediato, políticas públicas integrales que garanticen actividad física diaria, acceso al agua potable y disponibilidad de frutas y verduras en todas las escuelas, además de eficiente seguridad pública para que los niños recuperen los espacios públicos para divertirse y ejercitarse.
Destacó que de acuerdo al Censo Económico 2019, las unidades económicas enfocadas al comercio al por mayor de abarrotes, alimentos y bebidas, invierten una enorme cantidad de recursos en equipo y personal ocupado en procesos de innovación, investigación y desarrollo tecnológico enfocadas a sus productos, lo que coloca a México como un país importante en la fabricación de alimentos a nivel mundial.