Ésta es el acta de defunción del NAIM en Texcoco

En un oficio interno, el director del GACM giró instrucciones para que se proceda a determinar ya sea la suspensión temporal de los trabajos o bien la terminación anticipada de los contratos.

Obras del NAIM, en Texcoco. (Especial)
Roberto Valadez
Ciudad de México /

El pasado 27 de diciembre, el Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México (GACM) decidió iniciar con el procedimiento para cancelar definitivamente las obras del Nuevo Aeropuerto Internacional de México (NAIM) en Texcoco, además de  determinar los gastos no recuperables de los diversos contratistas que ahí participan, los cuales les deberán ser pagados por la cancelación del proyecto. 

En un oficio interno, Gerardo Ferrando Bravo, el director del Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, giró instrucciones a directores corporativos de construcción lado tierra, lado aire, técnico y de administración para que "se proceda a determinar ya sea la suspensión temporal de los trabajos o bien la terminación anticipada de los contratos, según corresponda a los mejores intereses ya mencionados, teniendo siempre como referente la conservación de las obras y la seguridad de las personas y bienes".

Asimismo, se lee en el documento, "procedan a la determinación de los gastos no recuperables de acuerdo con los criterios que señala la norma y que consisten en que estos sean siempre razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la operación correspondiente".

El GACM especificó que estos montos deberán estar debidamente comprobados por las empresas bajo el artículo 63 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados, además de que se deberá informar de lo mismo al titular del Órgano Interno de Control del Grupo.

Algunas de las empresas que se encontraban en la construcción del NAIM eran Operadora Ciscsa, de Carlos Slim; ICA, de Bernardo Quintana Isaac; CoconalProdemexConstructora y Edificadora GIA+A La Peninsular Compañía Constructora, de Grupo Hermes.

En el documento de la sesión, se indicó que los directores corporativos de administración, finanzas y jurídico del GACM deberán apoyar en el proceso de suspensión y/o terminación anticipada de los contratos de obra y adquisiciones.

Se agregó que en todos los casos se deberá evaluar qué procedimiento legal tomar, como soluciones de controversias, conciliaciones o procedimientos de liquidación.

En el documento, se informó que el GACM actuará a la mayor brevedad posible con la cancelación de los contratos para evitar gastos innecesarios en perjuicio de las finanzas públicas y de los propios contratistas.

MCM

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