El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó a las personas físicas que están por presentar su declaración anual en este año y que corresponden al ejercicio fiscal 2023, pueden deducir gastos médicos.
el dato¿Qué es una persona física?
Una persona física, según la definición del SAT, es el individuo miembro de una comunidad con derechos y obligaciones, determinados por un ordenamiento jurídico.
Mediante un comunicado, el órgano de recaudación fiscal informó que los gastos que se pueden deducir en esta obligación son los siguientes:
- Horarios médicos.
- Dentales.
- Psicológicos o nutricionales.
- Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
Así como honorarios a enfermeras, análisis o estudios clínicos, prótesis.
Agregó que la compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, lentes ópticos graduados y primas por seguros de gastos médicos.
También explicó que estos gastos son deducibles para el contribuyente o, en su caso, para familiares directos como cónyuge, concubino, padres, abuelos, hijos y nietos que no hayan percibido ingresos superiores al salario mínimo anual.
Además, informó que los gastos deben estar respaldados por facturas emitidas por personas con título profesional y haberse pagado mediante cheque nominativo, transferencia electrónica o tarjeta de crédito, débito o servicios.
Resaltó que también son deducibles los gastos por salud derivados de incapacidades o discapacidades mayores a 50 por ciento de la capacidad normal, siempre que se cuente con el certificado o la constancia correspondiente expedida por las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
El órgano tributario explicó que las personas físicas son las que obtienen ingresos por honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento y actividad empresarial y/o profesional, que pueden deducir gastos médicos en su declaración anual.
Señaló que las deducciones personales son gastos que los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables del ejercicio fiscal en curso, lo que en algunos casos permite obtener una devolución.
Para mayor información, el SAT pone a disposición de los contribuyentes el Visor de deducciones personales: AQUÍ.
MRA