Febrero es el mes del amor y de la amistad, pero no siempre la relación con tu tarjeta de crédito es miel sobre hojuelas, por lo que la Condusef dio a conocer por qué algunos de estos plásticos no te convienen a través de una lista de supuestos abusos que se llegan a cometer y que afectan tus finanzas. ¡Toma nota!
De acuerdo con la revista Proteja su Dinero de este mes que publica la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), los usuarios firman contratos con instituciones financieras y bancos que en ocasiones incluyen cláusulas que resultan en una desventaja para los clientes.
Este tipo de abusos por parte de las instituciones financieras a través de las tarjetas de crédito se pueden denunciar.
"Derivado de la reforma financiera, la Condusef puede sancionar a las instituciones financieras por tener este tipo de cláusulas en sus contratos y obligarlas a suprimirlas. El usuario tiene el derecho de denunciarlas", refiere el órgano regulador.
Según cifras de este organismo en defensa de los usuarios de la banca, de 2015 al 31 de enero de 2024, se han revisado 2 mil 534 contratos tan sólo de los bancos, de las cuales se detectaron y eliminaron 502 cláusulas abusivas.
Las cláusulas abusivas más comunes son siete y son las siguientes:
Primera
- Cargos de adeudos vencidos en cuentas de depósito. No indican el plazo ni el saldo por el cual se hará el cargo.
- ¿Cómo te afecta? El banco o la institución carga o cobra adeudos vencidos en la cuenta de la persona usuaria, por cualquier monto y en cualquier momento.
Segunda
- Autorización irrevocable para cobrar parcialidades del crédito en cualquier cuenta de nómina o de depósito a nombre del usuario contratada con otra institución financiera.
- ¿Cómo te afecta? El banco podría cargar los pagos del crédito en las cuentas que el usuario tenga con cualquier otra institución.
Tercera
- Acreditado debe avisar con antelación sobre el pago anticipado total o parcial del crédito.
- ¿Cómo te afecta? Esto obliga al usuario de la banca a avisar con anticipación la realización de pagos anticipados del crédito.
Cuarta
- Pagos anticipados o adelantados a discreción de la institución financiera.
- ¿Cómo te afecta? El banco o la institución aplica pagos anticipados a su voluntad y respecto a la del cliente.
Quinta
- Restringir o limitar la disposición de saldos existentes en las cuentas de depósito, mientras el crédito esté vigente, excepto cuando los recursos depositados en la cuenta se hubiesen otorgado en garantía.
- ¿Cómo te afecta? El cliente no puede hacer uso de los recursos no dados en garantía en sus cuentas, mientras el crédito esté vigente.
Sexta
- Establecer la acreditación del pago con cheque hasta el momento en que la institución financiera dé por cumplido el pago, sin determinar una fecha cierta.
- ¿Cómo te afecta? Si la acreditación del pago con cheque se realiza hasta el momento en que la institución se dé por satisfecha.
Séptima
- Establecer como causal de vencimiento anticipado el incumplimiento de otros créditos celebrados con un tercero ajeno al grupo financiero.
- ¿Cómo te afecta? Se da por vencido el crédito si el usuario incumple con el pago de obligaciones contraídas con terceros.
¿Dónde puedo denunciar cláusulas abusivas en mi tarjeta de crédito?
La Condusef refiere que en caso de que encuentres alguna de estas cláusulas abusivas en tu contrato que te extiende el banco al contratar una tarjeta de crédito, puedes denunciarlo en el siguiente micrositio AQUÍ.
También puedes llamar al Centro de Contacto y Atención por Medio Remotos (CCAMER): 55 53400 999.
MRA