Un Tribunal Colegiado determinó que la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) será quien resuelva si permite o no la fusión entre las plataformas digitales Uber y Cornershop, para crear una app de entrega de compras en tiendas de autoservicio, de conveniencia y farmacias.
El tema generó un conflicto competencial en diciembre de 2019 entre la Cofece y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), ya que ésta última señaló que le corresponde revisar el asunto porque puede impactar en el sistema de las telecomunicaciones.
Tanto como Uber y Cornershop solicitaron a la Cofece llevar a cabo una concentración de capitales; la primera de estas informó que adquiriría el 51 por ciento de la segunda.
Al enterarse de dicha notificación, el IFT solicitó que se le entregara el expediente respectivo al considerar que es el competente para conocer de la propuesta de fusión. Sin embargo, la Cofece no compartió la posición y pidió al Tribunal Federal resolver el conflicto competencial.
“La concentración entre Uber y Cornershop no generará impacto alguno en el sector de telecomunicaciones, puesto que ninguna de estas empresas es operadora de redes públicas de telecomunicaciones”, enfatizó la Cofece.
En sesión celebrada hoy, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones avaló el proyecto de sentencia del magistrado Humberto Suárez Camacho, quien señaló que la fusión no tendrá impacto en el sector de las telecomunicaciones, pero sí en el mercado de entrega de mercancías.
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Los magistrados coincidieron que la fusión no generará impacto alguno en el sector de telecomunicaciones, porque ninguna de las empresas es operadora de redes públicas de telecomunicaciones.
En diciembre, Cofece aseguró que ni Uber ni Cornershop cobran por el acceso a internet, ni comunican, conectan o enlazan a grupos de usuarios por medios electrónicos sobre internet, sino que ofrecen servicios de intermediación para el transporte de personas, así como la entrega de comida preparada y abarrotes.
“En este caso los mercados afectados son los de logística y venta al menudeo de alimentos y abarrotes”, argumentó la Comisión Federal de Competencia Económica.
Decisión del tribunal sienta precedente en la definición de competencias: Cofece
Más tarde, la Cofece indicó que esto sienta un precedente en la definición de competencias
"La decisión del tribunal colegiado sienta un precedente importante en la definición de las competencias entre la Cofece y el IFT en el contexto actual, en donde el comercio a través de plataformas y medios digitales está tomando mayor relevancia en la vida económica de del país", aseveró en un comunicado.
Expuso que la Comisión espera la notificación de esta decisión para retomar de inmediato el procedimiento a fin de agilizar el análisis y resolución de la operación.
La Cofece planteó argumentos para respaldar su postura respecto a su competencia, entre otros, el hecho de que las plataformas digitales Uber y Cornershop no prestan servicios de telecomunicaciones, sino que únicamente los utilizan como insumo para ofrecer sus respectivos servicios.
Con información de Eduardo de la Rosa...
lvm