Gobierno multó con 152.3 mdp a licitantes, proveedores y contratistas

AMLO, 4to informe

De acuerdo con el Cuarto Informe de Gobierno, de septiembre de 2021 a junio de 2022 se emitieron 264 resoluciones, 26.3 por ciento más.

Del total, 177 fueron sancionatorias y 87 se emitieron en otro sentido. Foto: (Especial)
Silvia Arellano
Ciudad de México /

Con la finalidad de combatir la impunidad e inhibir conductas de licitantes, proveedores y contratistas, que infringieron las disposiciones en materia de contrataciones públicas, se impusieron multas por 152.3 millones de pesos.

De acuerdo con el Cuarto Informe de Gobierno, de septiembre de 2021 a junio de 2022 se emitieron 264 resoluciones, 26.3 por ciento más respecto a lo observado (209 resoluciones) en igual periodo de 2020 y 2021. Del total, 177 fueron sancionatorias y 87 se emitieron en otro sentido (absolutorias, improcedencias, prescripciones e incompetencias).

Se explicó que la instancia de inconformidad es un procedimiento administrativo que tiene por objeto verificar la legalidad de las licitaciones públicas e invitación a cuando menos tres personas, para que las convocantes aseguren al Estado las mejores condiciones de contratación y, para el caso de advertirse irregularidades, se tienen atribuciones para suspender o anular el acto impugnado.

Con su ejecución, entre el periodo señalado, se resolvieron 858 inconformidades, de las cuales en 414 casos se pronunció sobre el fondo del asunto; de estas últimas, 148 fueron fundadas y se decretó la nulidad parcial o total del acto impugnado, en razón de una actuación contraria a la normativa en la materia; mientras que, 266 se determinaron infundadas.

Adicionalmente, 444 resoluciones corresponden a incompetencias, improcedencias, sobreseimientos o desechamientos.

Los Órganos Internos de Control recibieron y dieron trámite a las inconformidades presentadas en contra de los procedimientos de adquisición llevados a cabo por las distintas instituciones.

Además, durante los procedimientos iniciados se atendieron las disposiciones legales aplicables, y en los casos en que resultó procedente, se emitieron resoluciones en observancia de la legalidad.

En el documento se expone que el procedimiento de conciliación constituye un medio alternativo de solución de las desavenencias derivadas del cumplimiento de los contratos o pedidos que fueron suscritos conforme a la normativa en materia de contrataciones públicas, a efecto de evitar litigios innecesarios que retrasan la ejecución de obligaciones contractuales y que afectan la prestación oportuna de servicios públicos.

Por lo que, se concluyeron 586 asuntos. De éstos, se substanciaron 394, de los cuales en 184 casos existió acuerdo de voluntades y en 210 quedaron a salvo los derechos de las partes.

Adicionalmente, 192 asuntos se concluyeron por desechamientos, desistimientos, improcedencias, incompetencias o se tuvieron por no presentadas. Con motivo de la pandemia, se fomentó el uso de las comunicaciones vía electrónica, conciliaciones virtuales, y se privilegió el desahogo de audiencias bajo esa modalidad.

MRA

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