La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) propone que los impuestos especiales que se cobran a los refrescos y a los cigarros se actualicen con la finalidad de que no pierdan su valor por efectos inflacionarios y no reduzcan su eficiencia económica.
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“El Ejecutivo Federal propone que a partir del 1o. de enero del 2020 la cuota aplicable sea de $1.2705 (…) se propone que la cuota citada se sujete a una mecánica de actualización anual a fin de mantener en valores constantes la carga fiscal y reducir la asequibilidad de estas bebidas”, indica en la iniciativa de decreto incluida en el Paquete Económico 2020.
La dependencia explica que desde 2014 se aprobó gravar con el impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) la enajenación e importación de bebidas saborizadas con azúcares añadidos, y que en 2018 la cuota subió de 1.00 a 1.17 pesos, pero que su mecánica de actualización “no permite mantener en términos reales la carga tributaria de estos bienes”.
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Sobre los cigarros, la dependencia propone “que la cuota de tabacos labrados a que se refiere el artículo 2o., fracción I, inciso C) de la Ley del IEPS, a partir del 1 de enero de 2020 sea de $0.4980. Dicha cuota reconoce la inflación generada durante el periodo 2011 a 2019”.
Agregó que el último incremento de la cuota, que tiene como objetivo desalentar el consumo de tabaco, se dio en 2011. Por ello, pidió que la misma “se sujete a una mecánica de actualización anual como sucede con las demás cuotas que se establecen en la Ley del IEPS”
“La Ley del IEPS no prevé un esquema de actualización de la cuota específica de cigarros y otros tabacos labrados, a fin de que la misma no pierda su valor por efectos inflacionarios. La no actualización de la cuota ha propiciado que el impuesto tenga una menor eficiencia económica, dado que no se mantiene la carga fiscal en términos reales”, alertó.
GGA