¡Godínez! ¡Ya es oficial! Podrás hacer Home Office o teletrabajo desde tu casa, aunque algunas empresas ya lo habían implementado algunos días de la semana para que no vayan a la oficina.
La reforma al artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo incorporó la definición del teletrabajo-home office, así como las obligaciones y derechos de colaboradores y empleadores.
Artículo 311 ...LFT
Trabajo a domicilio es la que se ejecuta habituaimente para un patrón, en el domicilio del trabajador o en un local libremente elegido por él. Sin vigilancia ni dirección Inmediata de quien proporciona el trabajo. Si el trabajo se ejecuta en condiciones distintas de las señaladas en este artículo se regiré por las disposiciones generales de esta ley.
El teletrabajo tiene un gran potencial para constituirse como una alternativa de empleo para personas con discapacidad, jóvenes y adultos desempleados o para personas que viven en lugares de difícil acceso o que deben transportarse desde muy lejos.
Con esta alternativa, se podrían reducir también los efectos medioambientales y el estrés que genera transportarse de un lugar a otro en carro o transporte público durante varias horas.
Con el Home Office, los empleadores deberán proporcionar a los teletrabajadores igualdad de trato, remuneración, capacitación y seguridad social. Con esta alternativa, se podrían reducir también los efectos medioambientales y el estrés que genera transportarse de un lugar a otro en carro o transporte público durante varias horas.
“Hoy en día una persona puede emplearse en cualquier otra parte del mundo y realizar trabajo a distancia, a esto se le ha denominado teletrabajo. Sostiene que la flexibilidad que permite el uso intensivo de las tecnologías digitales a ciertas profesiones contribuye a instaurar un modelo de trabajo propio de una sociedad globalizada, que lleva a que los trabajadores realicen su trabajo de forma remota, desde el domicilio o en centros de trabajo compartido”, detalla la iniciativa que se presentó en junio pasado en el Senado de la República.
Capitulo XII Bis Teletrabajo Articulo 330-A
Será considerado como teletrabajo a la forma de organización laboral que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, sin requerirse ¡a presencia física del trabajador en un sitio especifico de trabajo y utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación para el contacto entre el trabajador y empleador. Para fines de esta ley.
La Organización Internacional del Trabajo define el teletrabajo como la forma de trabajo efectuada en lugar distante de la oficina y que implica el uso de nueva tecnología que facilita la comunicación.
¿Qué es el teletrabajador?
Es la persona que en el marco de la relación laboral utiliza las tecnologías de la información y comunicación como medio o fin para realizar su actividad laboral fuera del local del empleador.
REPL