La Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) reforzará medidas para evitar el financiamiento a organizaciones terroristas.
En el documento, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se insta a las autoridades bancarias a tomar acciones para que al momento de que reciban remesas del extranjero.
Las modificaciones vienen antecedidas de recomendaciones que realizó el Grupo de Acción Financiera (GAFI), donde instruyó a las instituciones financieras a identificar, evaluar y tomar acciones para mitigar los riesgos en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
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Donde se incluye el financiamiento al terrorismo a través de mecanismos de conocimiento de los clientes y usuarios acorde al riesgo que estos representan en las operaciones, lo cual implica que las instituciones lleven a cabo la aplicación de un enfoque basado en riesgo, en relación con sus operaciones.
En la resolución se detalló que la SHCP pondrá a disposición de las entidades un portal que señala de qué países y cuáles son las instituciones que tienen vínculos con organizaciones dedicadas al terrorismo, mismas que podrían estar financiadas a través de remesas.
“La Secretaría pondrá a disposición de las Entidades, a través de medios de consulta en el portal, que al efecto, aquella mantenga en la red mundial denominada Internet, las listas de países y territorios anteriormente señalados”, comentó.
“De acuerdo con la información proporcionada por autoridades mexicanas, organismos internacionales y agrupaciones intergubernamentales en materia de prevención y combate de operaciones con recursos de procedencia ilícita y de financiamiento al terrorismo”, apuntó la resolución.
Se detalló que en su última evaluación, en noviembre pasado, el GAFI actualizó su Evaluación Nacional de Riesgos en la que se reiteró que dentro del territorio nacional no se han suscitado casos de financiamiento al terrorismo.
También se insta a las autoridades bancarias a identificar a los titulares de dichas cuentas de forma remota, además de verificar la validez de la matrícula consular como documento de identificación.
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Las entidades bancarias deberán abstenerse de realizar operaciones de corresponsalía con entidades financieras extranjeras, instituciones o intermediarios financieros que no tengan presencia física en jurisdicción alguna o que no cuenten con un centro de negocios que:
- Esté financiado por una entidad financiera extranjera.
- Esté ubicado en un domicilio social fijo (que no sea una dirección electrónica o un apartado postal únicamente).
- Emplear una o más personas a tiempo completo.
- Mantener registros operativos relacionados con sus actividades financieras.
- Estar sujeta a inspecciones por parte de la autoridad financiera que expidió la autorización, licencia o equivalente a la entidad financiera extranjera para realizar actividades financieras.
KL