Este martes 30 de mayo es el último día para el pago de utilidades, un derecho constitucional que tienen los trabajadores y que el empleador tiene obligación de otorgar como parte de las ganancias obtenidas por la empresa, siempre y cuando éstas se generen, aunque existen sus "letras chiquitas".
De acuerdo con la Secretaría del Trabajo, el reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.
¿Quién tiene derecho a participar en el reparto de utilidades?
Todos los trabajadores contratados.
¿Quiénes NO reciben utilidades?
Están exentos los contratados por honorarios, directores, administradores, gerentes generales, socios, accionistas, trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda, así como prestadores de servicios profesionales.
¿Qué patrones NO están obligados a dar utilidades?
Los de empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento; empresas nuevas que se dediquen a la elaboración de un producto novedoso; empresas nuevas de la industria extractiva durante el periodo de exploración; tampoco instituciones de asistencia pública, IMSS y descentralizadas o de beneficencia.
¿Cómo se reparten individualmente las utilidades?
De acuerdo con la Secretaría del Trabajo, la utilidad se divide en partes iguales entre todos los trabajadores, considerando el número de días trabajados por cada uno en el año y en proporción al monto de los salarios por el trabajo prestado en el año.
¿Qué salario debe considerarse como base del reparto?
La cantidad que perciba cada trabajador en efectivo por cuota diaria será la base de reparto.
No se consideran parte de él, las gratificaciones, percepciones o sumas que reciba el trabajador por concepto de trabajo extraordinario.
Cuando la percepción sea variable, se tomará como salario diario el promedio correspondiente al total percibido durante el año.
En trabajo a destajo, el promedio correspondiente al total percibido durante un mes.
Mientras que para los trabajadores de confianza se tomará como salario tope de reparto de utilidades, el resultante de sumar 20 por ciento al salario del trabajador sindicalizado o de planta de más alto salario.
¿Qué tiempo se tiene para reclamar el pago de reparto de utilidades?
Un año, a partir del día siguiente en que se genere la obligación para el patrón.
¿Causa impuesto el pago de utilidades?
Lamentablemente sí, pero solo en los casos que la cantidad exceda el equivalente a 15 días de salario mínimo.
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), las multas por no repartir utilidades pueden ir desde 50 hasta 5 mil días de salario mínimo. Si la empresa no paga las utilidades al trabajador, este tiene un año para reclamar su derecho.
AMP