Propuesta de gravar la riqueza puede violar derechos constitucionales, advierte el IMCP

El IMCP advirtió que una propuesta de esa naturaleza requiere un análisis muy profundo porque, para empezar, las condiciones de Argentina y México no son las mismas.

En el informe de la gestión tributaria de 2020 se dio a conocer que México incrementó la recaudación aún con pandemia. (Shutterstock)
Silvia Rodríguez
Ciudad de México /

La propuesta del diputado Alfonso Ramírez Cuéllar de gravar a las grandes fortunas, como se hizo en Argentina, para obtener recursos para combatir la pandemia del covid-19 puede ocasionar efectos adversos al fin que pretende y violación a derechos constitucionales, por lo que se deben buscar otras alternativas como una mejor aplicación de los recursos públicos, señaló el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).

“Nos parece que simple y sencillamente comparar lo que se hizo en Argentina y pretender implementarlo en México, así nada más, sin un análisis más profundo, no sería prudente, yo creo que las consecuencias que puede traer el tratar de establecer una condición a las grandes frutos fortunas en México pudiera ocasionar efectos adversos al que se pretende”, indicó el vicepresidente de la Comisión Fiscal de la Región Centro Occidente del IMCP, Rodolfo Servín.

En conferencia con medios, explicó que una propuesta de esa naturaleza requiere un análisis muy profundo porque, para empezar, las condiciones de Argentina y México no son las mismas, son diferentes y no hay que perder de vista que en el informe de la gestión tributaria de 2020 se dio a conocer que México incrementó la recaudación aún con pandemia.

“Dicho de otra manera, aumentó la recaudación; es decir, no faltan recursos en México, por lo tanto, el tratar de pretender una conducción de esa naturaleza que se estaría grabando a las fortunas de más de 20 millones de pesos y hasta 1000 millones”, apuntó el representante del IMCP.

Destacó que esta propuesta contemplaría a una población de 173 mil personas y, además de que no representa una cantidad mayor, hay que considerar que existe el principio de progresividad que deben detener las contribuciones en el país, el cual implica que ante un mayor ingreso, mayor el impuesto y que quien tenga fortunas en esta cuantía ya pagó la tasa máxima; es decir, ya se cumplió con el principio de progresividad.

Servín agregó que nada más establecer así un impuesto con estas características puede tener incluso impactos de violación a principios fundamentales consagrados en la Constitución y si hay necesidades adicionales de ingreso, se podría aprovechar de otra manera este incremento en la recaudación que tuvo México.

“México está entre el lugar 14 o 15 de la economía a nivel mundial y Argentina no, no podemos comparar y pretender que porque lo hizo Argentina, hacerlo aquí. A mi me parece que debemos de buscar otras alternativas como una eficiencia en la aplicación de los recursos que se tienen en exceso y ahí están los datos duros de esta recaudación”, dijo.

El vicepresidente de la Comisión Fiscal de la Región Centro Occidente del IMCP resaltó que, además, el aumento de la recaudación provino de la fiscalización a grandes contribuyentes esa es una tendencia que, al parecer, va a seguir.

“El Estado de derecho debe prevalecer y, hablando de ese Estado de derecho, es el reconocimiento de esas utilidades o esas riquezas que ya pagaron los impuestos previos…(..) el artículo 14 constitucional habla de retroactividad de leyes; es decir, hay mucho que analizar previo a esta posible iniciativa de reforma, es fundamental además del Estado de derecho, el derecho fiscal comparado entre países que también debe prevalecer”, apuntó Diamantina Perales.

​AMP

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