Infonavit ayudará a empresas REPSE a cumplir con la reforma laboral

Empresas y personas físicas que hayan obtenido su registro en el REPSE están obligadas a proporcionar cuatrimestralmente la información de los contratos.

Las y los empleadores podrán cumplir con sus obligaciones vía electrónica durante las 24 horas.
Toluca /

El Infonavit desarrolló el Sistema de Información de Subcontratación (SISUB) para apoyar a las empresas y personas físicas registradas bajo el Régimen de Prestación de Servicios Especializados (REPSE) con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, tal como lo establece la reforma en materia de subcontratación laboral o outsourcing y la Ley del Infonavit.

De acuerdo con la reforma de subcontratación laboral, las empresas y personas físicas que hayan obtenido su registro en el REPSE ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), están obligadas a proporcionar cuatrimestralmente -a más tardar los días 17 de los meses de enero, mayo y septiembre- la información de los contratos celebrados en el periodo que se trate, como se establece en el artículo 29 Bis de la Ley del Infonavit.

La plataforma SISUB está disponible desde el pasado miércoles 1 de septiembre y permite cargar de forma electrónica la información correspondiente a los contratos celebrados y de todos los registros patronales vinculados, así como las modificaciones o adiciones a los mismo.

¿Cómo opera?

A través del SISUB, las y los empleadores podrán cumplir con sus obligaciones vía electrónica durante las 24 horas, dar seguimiento a sus solicitudes en línea y recibir notificaciones vía correo electrónico.

Para ingresar al SISUB es necesario ingresar al Portal Empresarial del Infonavit (empresarios.infonavit.org.mx) y seleccionar en el menú “Mis trámites” la opción “Sistema de Información de Subcontratación”.

La actualización de la información deberá realizarse de manera cuatrimestral, si el contrato se celebra de enero a abril, debe cargarse la información del 1 al 17 de mayo; si el contrato se establece de mayo a agosto, la información debe cargarse del 1 al 17 de septiembre, y si se celebra de septiembre a diciembre, la información debe subirse del 1 al 17 de enero.

KVS

  • Alondra Ávila
  • alondra.avila@milenio.com
  • Comunicologa por el CUSXXI y con 16 años de experiencia en medios de comunicación. Desde 2012 colabora en Milenio Estado de México en la sección de Negocios. Ganadora del 9o Premio al Periodismo sobre Innovación Científica y Tecnológica en 2018.

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