El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avaló hoy la disolución de Banco Popular tras desestimar en su totalidad los recursos presentados por parte de los accionistas contra la resolución de la entidad bancaria en 2017, y rechazó la devolución del dinero de las acciones, así como una compensación que solicitaban los denunciantes. El Popular fue vendido a Santander por un euro.
De esta manera, los jueces rechazaron los recursos presentados por la Fundación Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno y la Fundación SFL, el empresario mexicano Antonio Del Valle Ruiz, el grupo Eleveté y los fondos Algebris, Anchorage y Ronit y Aeris.
La sentencia del alto tribunal europeo, sobre la que cabe recurso, argumenta que la Junta Única de Resolución (JUR) y la Comisión Europea “no incurrieron en un error manifiesto de apreciación” al considerar que Banco Popular “se hallaba en grandes dificultades o probablemente fuera a estarlo”.
Apunta que la liquidación de Banco Popular se adoptó “válidamente” y “con independencia” de los motivos que llevaron a la entidad bancaria a encontrarse en dificultades.
En cuanto al recurso interpuesto por los accionistas en el que señalan que se vulneró sus derecho a ser oídos en el marco del procedimiento de resolución de Banco Popular, el TJUE apunta que la inexistencia de una disposición que prevea el trámite de audiencia de los accionistas y acreedores del ente de que se trate y el hecho de que no se diera audiencia a las partes demandantes constituyen una limitación del derecho a ser oído que está justificada y es necesaria para responder a un objetivo de interés general y que respeta el principio de proporcionalidad.
MRA