México, a través de la Secretaría de Economía (SE), inició el procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de alambrón de acero originarias de China, por lo que la medida antidumping de 0.49 dólares por kilogramo continuará vigente mientras concluye la revisión.
A través de una resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la dependencia federal mencionó que como antecedente, el documento recordó que la cuota compensatoria definitiva fue impuesta el 28 de julio de 2016 por un monto de 0.49 dólares por kilogramo a las importaciones de alambrón de acero provenientes de China.
Posteriormente, el 19 de enero de 2023, la Secretaría determinó prorrogar su vigencia por cinco años más, contados a partir del 29 de julio de 2021.
De igual forma, el 16 de octubre de 2025 se publicó el aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias, en el que se estableció que la medida concluiría el 28 de julio de 2026, salvo que algún productor nacional solicitara el inicio de un nuevo examen.
En ese contexto, Deacero y Ternium México manifestaron su interés para mantener la medida.
“Deacero y Ternium, en su calidad de productoras nacionales del producto objeto de examen, manifestaron en tiempo y forma su interés en que se inicie el examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de alambrón de acero originarias de China, por lo que se actualizan los supuestos previstos en la legislación de la materia y, en consecuencia, procede iniciarlo”, se lee en el documento.
Ante ello, la Economía fijó como periodo de examen el comprendido del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026, mientras que el periodo de análisis abarcará del 1 de julio de 2021 al 30 de junio de 2026.
“La cuota compensatoria definitiva a que se refieren los puntos 1 y 2 de la presente Resolución, continuará vigente mientras se tramita el presente procedimiento de examen de vigencia. De igual manera, se podrá garantizar el pago de la cuota compensatoria definitiva en los términos y con fundamento en el artículo 94 del RLCE”.
El producto sujeto a revisión es el alambrón de acero al carbono y acero aleado, utilizado como materia prima para la fabricación de alambres, clavos, tornillos, cables, resortes, mallas y otros insumos para la industria de la construcción y manufactura.
“El producto objeto de examen es el alambrón de acero al carbono y acero aleado, de sección circular u ovalada. Técnica o comercialmente se le conoce como alambrón, y en el mercado internacional como ‘wire rod’ o ‘steel wire rod’”.
“Las productoras nacionales, importadoras, exportadoras, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento de examen de vigencia, contarán con un plazo de 28 días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar la respuesta al formulario establecido para tal efecto, así como los argumentos y las pruebas que consideren convenientes”, indicó la dependencia.
La resolución entrará en vigor el 24 de julio de este año y será comunicada a la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) y al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para los efectos legales correspondientes.
LG