La financiera digital Nu y la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) mantiene pláticas en torno a la no autorización por parte de la autoridad para el contrato de tarjetas de crédito que la empresa modificó sin dar previo aviso.
Aunque la Condusef no ha dado una respuesta oficial sobre esta no autorización del contrato de tarjetas de crédito que MILENIO dio a conocer el pasado jueves , fuentes cercanas a la institución dijeron que el organismo gubernamental se mantiene “en pláticas” con la sofipo.
¿Qué pasará con los clientes de Nu en México?
Por su parte, Nu México, ahora sociedad financiera popular (sofipo), señaló a MILENIO que hasta el momento mantiene todos sus productos y operaciones con normalidad de cara sus usuarios.
“Nu México suspendió el uso de un contrato con cambios, pero el contrato que está ahora en nuestra página web, aplicación y en el RECA es el que la propia Condusef autorizó en Noviembre de 2022”, señaló.
Tras el ajuste de la financiera la comisión, mediante el portal de Registro de Contratos de Adhesión (RECA), publicó un aviso dando a conocer que de acuerdo con los términos del artículo 28, fracción III, de las disposiciones de carácter general en materia de transparencia, el contrato no estaba autorizado.
El citado artículo 28 especifica que las instituciones financieras deben remitir a la Condusef para su autorización y previo a su inscripción, los modelos de contratos de adhesión de los productos en este caso, las tarjetas de crédito.
Nu podría ser multada
De acuerdo con Sergio Chagoya, abogado especializado en legislaciones financieras normativas de reguladores en sistema bancario y socio en Santamaria+Steta, dicho articulo especifica que los contratos se ponen a disposición de la Condusef para revisarlos, en un periodo de 40 días naturales.
En caso de que la Condusef note que se está perjudicando a los usuarios va llegar una requerimiento notificándolo, ya sea con una llamada de atención o una multa, explicó Chagoya.
Con base en información emitida por Profeco, un contrato de adhesión es un documento elaborado unilateralmente por el proveedor, para establecer en formatos uniformes los términos y condiciones aplicables a la adquisición de un producto o la prestación de un servicio, aún cuando dicho documento no contenga todas las cláusulas ordinarias de un contrato.
Condusef en la misma notificación menciona que “ el registrar un contrato y sus modificaciones sin previa autorización, y contravenir normas de orden público puede tener como consecuencia “la nulidad del contrato con base en el artículo 8 del Código Civil Federal”.
El artículo 8 establece que: “Ningún contrato o situación puede contravenir a las normas mexicanas”.
En caso de hacerlo todo eso es nulo, por lo que en teoría esos contratos no tienen efectos, dijo el especialista.
AMP