El reparto de utilidades es un derecho constitucional irrenunciable al que deben acceder todos los trabajadores formales del país. Este se debe realizar entre abril y junio, dependiendo del régimen en el que se encuentre tu patrón.
Aunque muchas personas tienen dudas sobre la fecha límite para recibirlas, qué hacer en caso de que la empresa para la que trabajas no efectúa este pago o si esta percepción genera el cobro de impuestos.
Si trabajaste al menos 60 días durante el ejercicio fiscal de 2023 en una empresa tienes derecho a recibir el pago de utilidades y tendrás al menos un año a partir de la fecha de entrega para reclamar este pago.
¿Qué leyes y reglamentos definen el pago de utilidades?
Son varios los documentos oficiales que establecen las reglas para hacer este procedimiento tanto para personas morales como para personas físicas que tienen trabajadores a su cargo.
Las disposiciones se encuentran dentro del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Ley Federal del Trabajo (LFT), del artículo 117 al 131; la Ley de Impuesto Sobre la Renta; el Reglamento de los artículos 121 y 122 de la Ley Federal del Trabajo; y el Reglamento del Servicio de Administración Tributaria.
Las empresas que no hagan en tiempo y forma el pago de dichas percepciones podrán ser acreedoras a sanciones que van de los 50 a los 5 mil salarios mínimos vigentes, es decir, entre 12 mil 446.5 y un millón 244 mil 650 pesos. Además, los colaboradores pueden acercarse a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet) para solicitar asesoría o en su caso, representación jurídica en contra del empleador.
Las disposiciones indican que las empresas que se encuentran dentro de su primer año en funcionamiento no participarán en esta dispersión.
Quedan exentas del pago las instituciones de asistencia privada cuyo objetivo sean las acciones con fines humanitarios de asistencia y sin propósitos de lucro; así como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
¿Qué días se toman en cuenta para el reparto de utilidades?
La ley señala que para hacer el cálculo de este monto se tomarán en cuenta los días laborados, así como los días que los trabajadores perciban su salario aún cuando no laboren; así, se consideran también las incapacidades temporales por riesgo de trabajo, periodos prenatales y postnatales, descanso semanal, vacaciones y días festivos, permisos con goce de sueldo.
¿Mis utilidades 2024 generan impuestos?
Según la legislación mexicana, el reparto de utilidades genera el cobro de impuestos siempre y cuando la cantidad exceda el equivalente a 15 días de salario mínimo, señala el artículo 93, fracción XIV, de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR).
Es decir, considerando el salario mínimo general establecido para 2024, para que quede exento del cobro de impuestos por parte del Servicio de Administración Tributaria, este pago no deberá superar los 3 mil 733.95 pesos.
Si tu pago de utilidades es superior a esta cifra, todavía esta parte quedará exenta del pago de impuestos. En tanto, para calcular el gravamen que deberás pagar, el SAT toma en cuenta la “utilidad gravada”, es decir, el excedente del pago que no genera impuestos.
En caso de que no haya excedente, no se paga impuesto. De haberlo, el excedente se divide entre 365.
“El resultado o utilidad por día se multiplica por 30.4, que es el factor mensual resultante de dividir los días entre los meses del año (365 / 12 = 30.4) para obtener la utilidad promedio mensual gravada”.
Ahora, se utilizará el salario mensual ordinario (que se obtiene multiplicando el salario diario por 30) y se sumará la utilidad promedio mensual gravada; este resultado es el ingreso promedio mensual, al que se le calculará el impuesto a retener.
El SAT indica que el impuesto correspondiente al ingreso promedio mensual se le restará el impuesto al salario mensual ordinario. Esta diferencia se dividirá entre la utilidad promedio mensual y lo que resulte se multiplica por 100 para obtener el porcentaje de impuesto.
La utilidad gravada se multiplicará por el porcentaje de impuesto; el resultado será la cifra que deberá retenerse por la participación de utilidades en el ejercicio.
CMOG