¿Te deben pagar utilidades en 2026 si aún no cumples un año laborando en tu trabajo? Esto dice la ley al respecto

Conoce cómo funciona el pago de utilidades en México y qué dice la ley para trabajadores con menos de un año laborando.

Así se distribuye el pago de utilidades | IA DISCOVER
Ciudad de México /

El reparto de utilidades es una prestación clave para millones de trabajadores en México, ya que reconoce su participación en las ganancias de las empresas. En MILENIO te explicamos si, aunque no cumplas un año laborando, puedes acceder a este pago.

Muchas personas desconocen si tienen derecho a recibir utilidades cuando su tiempo en una empresa es menor a 12 meses. Por ello, en MILENIO te decimos qué dice la ley, quiénes pueden recibirlo y bajo qué condiciones aplica este beneficio laboral.

¿Qué son las utilidades?

Las utilidades son un derecho constitucional que se tiene como persona trabajadora. Consiste en recibir una parte de las ganancias que el patrón o empresa generó durante todo el año pasado por su actividad.

Este pago sirve para reconocer el esfuerzo y trabajo diario como piezas clave para que el negocio tuviera éxito económico y pudiera obtener dinero por sus servicios o productos vendidos.

Es importante saber que este dinero se entrega solo si la empresa realmente tuvo ganancias. Si el negocio no generó beneficios extras, entonces no habrá dinero para repartir en ese periodo.

La ley establece cuánto te tocan de utilidades | IA Discover Milenio

¿Te corresponde pago de utilidades si aún no cumples el año laborando?

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), sí te toca recibir este pago aunque ya no trabajes ahí o aún no hayas cumplido el año completo. El único requisito legal es que hayas laborado por lo menos 60 días durante el año anterior para ese mismo empleador.

No importa si eras un empleado de planta o tenías un contrato temporal. Si superaste los dos meses de servicio, tienes el derecho de cobrar la parte proporcional de las ganancias que ayudaste a generar con tu actividad laboral diaria.

Personas que tienen derecho al pago:

  • Trabajadores que están activos actualmente.
  • Ex empleados, de planta o eventuales, que trabajaron al menos 60 días el año anterior.
  • Personas que tuvieron una incapacidad temporal.
  • Mujeres que tomaron su licencia por maternidad.
  • Padres que usaron su permiso de paternidad.

Sin embargo, toma en cuenta que no participan directores, accionistas, prestadores de servicios profesionales o trabajadores eventuales con menos de 60 días laborados.

¿Cómo se calcula?

El dinero total se divide en dos partes iguales. La primera mitad se reparte según los días que cada empleado trabajó en el año, sin importar cuánto dinero gane normalmente.

La segunda mitad se entrega basándose en el sueldo que recibiste. Se toma en cuenta tu salario diario base, pero no se incluyen los bonos, pagos por tiempo extra o gratificaciones.

Sobre los impuestos, solo se descuentan si el monto de tus utilidades es mayor a lo que valen 15 días de salario mínimo. Si recibes menos de esa cantidad, te llega completo.

¿Cuándo se pagan?

La PROFEDET explicó que, si trabajas para una empresa, el dinero de las utilidades te lo deben entregar entre el 1 de abril y el 30 de mayo de 2026. Esta es la fecha límite oficial para recibirlo.

Si tu patrón es una persona física, el plazo es distinto. En este caso, tienen desde el 1 de mayo hasta el 29 de junio de 2026 para entregarte tu pago.

LO

  • Lorely Osorno
  • Licenciada en Comunicación y Periodismo de la UNAM. Editora en Discover Milenio, apasionada por explorar y difundir hechos relevantes. Me gusta informar sobre temas de utilidad a los lectores y explicar por qué algún suceso está en tendencia. Tengo gran interés por el feminismo y los problemas sociales.

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.

Suscríbete al
periodismo con carácter y continua leyendo sin límite