¿Quiénes son las personas a las que Ticketmaster pagará 3.4 mdp por cancelación de boletos?

Profeco y boletera ponen fin a demanda de acción colectiva cancelación unilateral de la compra de entradas para diversos eventos de entretenimiento, artísticos, culturales y deportivos.

Ticketmaster es una empresa especializada en la venta de entradas para eventos. | Especial
Ciudad de México /

En un hecho sin precedentes, esta semana la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y la boletera Ticketmaster decidieron poner fin a una demanda de acción colectiva por la cancelación unilateral de la compra de entradas para conciertos y otros eventos en beneficio de los afectados.

Dicha acción colectiva derivó de múltiples reclamaciones por parte de los consumidores como cancelación unilateral de boletos e incumplimiento de condiciones y modalidades originalmente ofrecidas por los proveedores, así como la negativa a la devolución íntegra del monto pagado incluidos cargos por servicio y la bonificación del 20 por ciento del costo total.

Fue en diciembre de 2022, cuando la Profeco presentó una demanda de acción colectiva contra las empresas Venta de Boletos por Computadora, conocida como Ticketmaster, y Operadora de Centros de Espectáculos, OCESA, que en conjunto concentran 64.5 por ciento de los servicios de entretenimiento a nivel nacional.

Pero no fue sino hasta este mes que Ticketmaster, una de las dos empresas aludidas, eligió conciliar y convenir con el objeto de beneficiar a sus consumidores, a la par en que implementó una serie de medidas para mejorar el servicio de comercialización de boletos con el fin de otorgar seguridad y certeza jurídica.

Ticketmaster opera en toda la República. | Archivo

¿Cómo resarcirá el daño la empresa?

Como parte del convenio alcanzado con la Profeco, la empresa se comprometió a resarcir a los beneficiados con un monto total que supera los 3.4 millones de pesos, informó en un comunicado el organismo público descentralizado y sectorizado de la Secretaría de Economía.

Dicho monto será dividido en dos partes, una para resarcir el costo íntegro del boleto más los cargos por servicio y una bonificación del 20 por ciento conforme a la ley a la colectividad de consumidores que acreditó la afectación.

Y la otra parte para quienes se vieron afectados por la cancelación de eventos derivada de la pandemia de covid-19, a los cuales se le reembolsará únicamente el costo del boleto, por tratarse de una emergencia sanitaria a nivel mundial no imputable a las boleteras.

¿Quiénes serán los consumidores compensados?

Con este acuerdo, una colectividad de alrededor de 500 consumidores serán resarcidos, en conjunto con los más de 3.4 millones de pesos, detalló la dependencia a cargo de David Aguilar Romero.

Lo anterior, dado que la demanda fue interpuesta inicialmente por 434 consumidores que reclamaron la cancelación unilateral de la compra de boletos de diversos eventos de entretenimiento, artísticos, culturales y deportivos por parte de Ticketmaster.

De esta forma, los afectados por dichas acciones que no hayan sido ya reembolsados podrán exhibir los documentos que acrediten su afectación para solicitar incorporarse a los beneficios del convenio dentro del plazo que va del 24 de abril del 2024 al 24 de octubre de 2025.

En caso de dudas o aclaraciones, la Profeco puso a disposición de los afectados el correo electrónico al buzón de atención acolectivas@profeco.gob.mx y/o la línea telefónica 55 5625 6700 extensiones 11122, 11121, 11292, 11357 y 11176, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas.

“Con estas acciones, Profeco refrenda su compromiso de proteger los derechos de las y los consumidores y Ticketmaster ratifica su interés en beneficiar y mejorar los servicios que presta a sus clientes”, subrayó la dependencia federal.

Concierto de Bad Bunny en Monterrey. | Jorge López

¿Cuáles fueron los eventos con afectaciones para los consumidores?

La compensación aplica únicamente para los afectados por la cancelación unilateral en la compra de boletos vendidos durante el periodo que comprende del primero de enero del 2020 al 31 de diciembre de 2023.

Esto dado que la acción colectiva, admitida en abril del año pasado por el juez noveno de distrito en materia civil de la Ciudad de México, Guillermo Campos Osorio, derivó de múltiples reclamaciones interpuestas por las y los consumidores acumuladas durante el periodo mencionado.

“Estas situaciones reflejan un incumplimiento generalizado en la prestación del servicio de entretenimiento respecto de diversos eventos musicales, culturales, deportivos, artísticos y recreativos, vulnerando los derechos de las y los consumidores”, señaló la procuraduría.

¿Qué es una demanda de acción colectiva?

La Profeco define a las demandas de acción colectiva como una herramienta jurídica usada para proteger el derecho que tiene un grupo de personas contra uno o varios proveedores que vulneren sus derechos, con la peculiaridad de que la sentencia aplica para todo el grupo en su conjunto.

Éstas pueden iniciarse cuando existan daños a consumidores como consecuencia de prácticas abusivas de las empresas y por daños al medio ambiente, permitiendo que los ciudadanos se organicen para denunciar la afectación de sus derechos.

El proceso para presentar una acción colectiva, ya sea ante la Profeco o ante la Profepa, la Condusef, la Cofece, la PGR, asociaciones civiles o por medio de un representante, es el siguiente:

  1. Reunir a 30 afectados.
  2. Presentar la demanda: un juez resolverá sobre la admisión de la misma.
  3. Contestación: se otorgan 15 días para contestar la demanda, con opción a ampliarse al doble; una vez contestada, quien presenta la demanda cuenta con cinco días para que manifieste lo que a su derecho convenga.
  4. Adhesión voluntaria: en cualquier momento del proceso y hasta 18 meses posteriores a la sentencia cualquier otro afectado se puede unir.

Finalmente, si se llega a un convenió se da por concluida la acción, pero si no se logra ningún acuerdo se iniciará un periodo probatorio de 60 días y posteriormente una sentencia, en donde se podrá condenar a la reparación del daño causo a la colectividad.

AMP

  • Áxel Martínez
  • axel.martinez@milenio.com
  • Editor web de la sección de Negocios de Milenio. Egresado de la carrera de Comunicación y Periodismo de la FES Aragón.

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