Estos son los productos por los que no pagarás IVA en 2022

El Impuesto al Valor Agregado (LIVA) es de 16 por ciento; sin embargo, para el Paquete Económico 2022 determinó que algunos productos tendrán tasa cero.

Alimentos para mascotas, productos de gestión menstrual, entre otros, no pagarán IVA a partir del próximo año. (Especial)
Ciudad de México /

Al adquirir la mayoría de productos y servicios, los mexicanos debemos pagar un gravamen, el cual según la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) es de 16 por ciento; sin embargo, para el próximo año el Paquete Económico 2022 determinó que algunos productos tendrán tasa cero.

Es de recordar que en la frontera norte del país, el presidente Andrés Manuel López Obrador dictaminó que el IVA sería del 8 por ciento.

¿Qué es el IVA?

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es una carga fiscal indirecta que se aplica al costo final de bienes y servicios, ya sean productos como ropa, artículos electrónicos, servicios de telefonía y alimentos. Las personas físicas y morales están obligadas al pago de este impuesto.

Estos son los productos que en 2022 no pagarán IVA:

Alimento para animales

"El artículo 2 A, fracción I, inciso b, de la Ley del IVA, establece que la enajenación de productos destinados a la alimentación, salvo la de algunos productos que se mencionan en el mismo inciso, está a tasa del 0 por ciento", refiere.

Productos de gestión menstrual: toallas, tampones y copas sanitarias.

Actualmente, "dichos productos están gravados en el IVA con la tasa del 16 por ciento. El gravar los productos que atienden la menstruación significa que este impuesto tiene una incidencia económica en las mujeres por una condición biológica y natural del género femenino,", advierte.

Productos para actividades agrícolas y ganaderas

"De acuerdo a ello, la tasa del 0 por ciento se aplica a los productos agrícolas y ganaderos que son insumos para su producción, lo que sucede con los alimentos para animales y diversos bienes", manifestó el documento.

La Secretaría de Hacienda también lista a "tractores para accionar implementos agrícolas, motocultores para superficies reducidas, arados, rastras para desterronar, cultivadoras, cosechadoras, aspersoras, espolvoreadoras, para rociar o esparcir fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas, equipo para riego agrícola, sembradoras, ensiladoras, cortadoras y empacadoras de forraje, entre otros bienes expresamente contemplados en el artículo 2 A, fracción 1, inciso e, de la Ley del IVA".

Otros productos exentos del IVA

  • Medicamentos
  • Agua no gaseosa y/o compuesta
  • Vegetales que no hayan sido industrializados
  • Joyería Libros y revistas.



 MRA

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