Profeco podría proceder contra aerolíneas por cobro extra de equipaje de mano

El pasado 5 de noviembre, el organismo solicitó a Aeroméxico, Viva Aerobús y Volaris detener “prácticas abusivas” en la venta de vuelos sin derecho a equipaje de mano.

De acuerdo con la Profeco, esto podría constituir una práctica que lesiona los intereses y derechos de los consumidores. (Ramón Ramírez)
Ciudad de México /

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) reiteró su exhorto a las aerolíneas Aeroméxico, Viva Aerobús y Volaris, de detener el cobro indebido que hacen en su tarifa por equipaje de mano, y evitar con ello acciones legales en su contra.

Luego de monitoreos realizados por la dependencia a las páginas en internet de los proveedores mencionados, el pasado 5 de noviembre, se les pidió detener las “prácticas abusivas” consistentes en la comercialización de vuelos con tarifas que no incluyen el derecho a transportar equipaje de mano y establecer cargos adicionales por dicho equipaje.

De acuerdo con la Profeco, esto podría constituir una práctica que lesiona los intereses y derechos de los consumidores.

En un comunicado, la dependencia dijo que bajo el apercibimiento que de no hacerlo, entre otras acciones, se emitirá una alerta y se iniciarán procedimientos por infracciones a la Ley.

Destacó que el artículo 47 Bis, fracción IX, tercer párrafo de la Ley de Aviación Civil, establece que “el pasajero podrá llevar en cabina hasta dos piezas de equipaje de mano. Las dimensiones de cada una serán de hasta 55 centímetros de largo por 40 centímetros de ancho por 25 centímetros de alto, y el peso de ambas no deberá exceder los diez kilogramos”.

En concordancia con el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Profeco determinó que el equipaje de mano se constituye como un elemento inherente al servicio de transporte aéreo, pues se parte de la consideración de que el pasajero requiere de ciertas pertenencias mínimas en su lugar de destino.

"La decisión de transportar equipaje documentado recae en el pasajero, mientras que el transporte de equipaje de mano es inherente al servicio de transporte aéreo y le da su razón de ser", expuso.

Afirmó que la práctica podría considerase abusiva, toda vez que el equipaje de mano resulta un elemento inherente al servicio de transportación aérea del pasajero, y su cobro como un servicio adicional es indebido, ya que el mismo no está sujeto a negociación.

"Se advierte que Aeroméxico, Viva Aerobús y Volaris, podrían incurrir en prácticas comerciales abusivas que violan los derechos de los pasajeros reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Protección al Consumidor y la Ley de Aviación Civil", consideró.

Agregó que estará atenta a que el proveedor corrija este tipo de prácticas lesivas para los consumidores, o en su caso, ejercerá las acciones legales correspondientes.


MRA

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