Si estás planeando adquirir una vivienda, debes tener presente que como consumidor cuentas con derechos particulares al momento de realizar esta inversión.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) a través de la Revista del Consumidor de junio, nos explica que el más importante punto en el que debemos reparar es en el Contrato de adhesión, en el cual se describen las estipulaciones mínimas legales que todo contrato de naturaleza inmobiliaria debe contener.
El particular o inmobiliaria tiene la obligación de registrar ante la Profeco el modelo de contrato de adhesión con el cual busca realizar la venta; por otro lado, es recomendable que el comprador pida una copia del mismo y se asegure de que éste se encuentra vigente, así como revisar el número y fecha del registro.
¿Qué elementos debe contener el contrato de adhesión?
- Lugar y fecha de celebración del contrato.
- Nombre, denominación o razón social, domicilio y registro federal del contribuyente de la persona que desea vender.
- La disposición de los documentos que acrediten la propiedad del inmueble.
- Precio de la vivienda en moneda nacional.
- Descripción e identificación de la vivienda.
- Costo total de la vivienda y medio de pago (contado, a plazos o con crédito) y cantidades a pagar.
- En caso de que el vendedor financie los inmuebles, se debe indicar el tipo de crédito, y una proyección de la cantidad a pagar que incluya, en su caso, la tasa de interés, comisiones y cargos, y el costo anual total. Si se trata de tasa variable, debe especificarse tasa de interés de referencia y fórmula para su cálculo.
- Relación de derechos y obligaciones, tanto del vendedor como del comprador.
- Pena convencional que aplique tanto al vendedor como al comprador, misma que debe ser recíproca y equivalente.
- Canales y medios de atención.
- Condiciones de fecha y entrega de la vivienda.
- Características de la vivienda (por ejemplo: extensión del terreno, superficie construida, tipo de estructura, instalaciones, acabados, accesorios, lugar de estacionamiento, áreas de uso común, servicios con los que cuenta, etc.)
¿Por qué es importante conocer mis derechos como comprador de una vivienda?
Debes saber que en al momento de adquirir un inmueble, cuentas con diferentes tipos de garantía, que a su vez tienen diferentes periodos de duración a partir de la fecha de entrega de la vivienda, y que el vendedor debe respetar.
Puedes hacer valer tu garantía durante al menos 5 años para cualquier tipo de problema estructural. Para cuestiones de impermeabilización dispones de 3 años, mientras que cualquier otro elemento percibe una garantía de mínimo 1 año.
Además, tienes el poder de revocar tu compra, aún después de haber firmado el contrato de compraventa; si optas por retractarte de tu decisión, puedes hacerlo hasta 5 días hábiles contados a partir de la firma del documento y deshacer tu adquisición sin ningún tipo de responsabilidad y que dejará sin efecto la relación contractual.
Finalmente, si quieres verificar la información que te proporcione el vendedor de vivienda, puedes ingresar al Registro Público de Contratos de Adhesión en el portal en línea de la Profeco.
PML