El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que las modificaciones a las reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF), aprobadas en el Congreso de la Unión, están dirigidas a personas físicas o morales que emiten facturas falsas para evadir el pago de impuestos, no a contribuyentes cumplidos.
No se trata de un programa masivo que se aplique a los contribuyentes cumplidos, sino que tiene objetivos específicos y justificados en el combate a la evasión fiscal.
Además, agregó que las modificaciones que entrarán el próximo año, reforzarán el combate a la evasión fiscal, otorgarán certidumbre a los contribuyentes y generarán condiciones de equidad en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Investigación obligatoria sin prisión preventiva
El órgano recaudatorio calificó como falso, que se solicitará prisión preventiva oficiosa para cualquier contribuyente, simplemente porque se sospeche que emitió una factura falsa.
Además, señaló que la autoridad fiscal debe soportar su investigación y probar que se trata de facturas falsas.
El SAT indicó que, como en todos los procedimientos, se garantiza el derecho de audiencia de las y los contribuyentes, por lo que no quedan indefensos.
En cuanto a las modificaciones aprobadas, señaló que no establecen nuevas facultades para congelar cuentas bancarias.
Además, aclaró que los contribuyentes pueden garantizar el interés fiscal, de acuerdo con su capacidad económica, mediante:
- Billete de depósito
- Prenda
- Hipoteca
- Carta de crédito
- Fianza
- Obligación solidaria
- Un embargo en la vía administrativa
El SAT enfatizó su compromiso para fortalecer el combate a la evasión fiscal, mediante herramientas más eficaces y transparentes, siempre en el marco de la ley.
AG