¿Qué es y cuál es la importancia de la norma sobre descarga de aguas residuales en México?

La nueva NOM-001 aprobada por la Semarnat sustituye a la emitida en 1996, la cual, durante 25 años no había sido actualizada.

La Semarnat aprobó la modificación a la NOM-001 el pasado viernes 27 de agosto. (Shutterstock)
Ciudad de México /

Desde hace unas semanas el sector privado de México se ha manifestado en contra de la nueva Norma Oficial Mexicana (NOM-001-SEMARNAT-2021), ya que se realizó sin la opinión y análisis de los empresarios, lo cual advirtieron tendrá diferentes consecuencias tanto a las empresas como a la sociedad en general.

¿En qué consiste esta norma?

El pasado viernes 27 de agosto, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) aprobó la modificación a la NOM-001, la cual establece los límites permisibles, para la descarga de aguas residuales, y al mismo tiempo contempla parámetros muy por encima de lo que se establece a nivel internacional en la materia.

La Norma fue aprobada con votos en contra de Petróleos Mexicanos (Pemex) y de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), así como con la abstención de la Secretaría de Marina, esto por considerar que establece parámetros excesivos, y que a nivel internacional no son contemplados, ya que contravienen y/o violan tratados internacionales como el T-MEC.

De acuerdo con la Semarnat, dicha Norma sustituye a la emitida en 1996, la cual, durante 25 años no había sido actualizada, aún cuando los Límites Máximos Permisibles (LMP) y los parámetros establecidos habían probado ser insuficientes para controlar la contaminación en los cuerpos de agua. Además de que la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización establece que las Normas se deben actualizar cada 5 años.

Ante este incumplimiento en administraciones pasadas, la titular de la Semarnat, María Luisa Albores González, instruyó a la dependencia que encabeza, a través de la Subsecretaría de Fomento y Normatividad Ambiental, para que de manera coordinada con la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y con el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) empujaran los trabajos pertinentes para concluir el proceso de modificación de la NOM-001-SEMARNAT-1996 y se actualice su contenido.

En este sentido, se estima que 70 por ciento de las aguas superficiales en el país están contaminadas de acuerdo con datos del doctor Omar Arellano Aguilar, especialista en ecotoxicología de la Universidad Nacional Autónoma de México.

El especialista indicó que los límites técnicos de la Norma vigente no sólo son obsoletos, sino que además no corresponden a la problemática actual de la calidad del agua en México, vulnerando con ello el derecho humano de la población de contar con agua de calidad, así como al saneamiento de la misma.

“Las principales modificaciones de la NOM-001 se refieren a los parámetros de color verdadero, temperatura, demanda química de oxígeno y toxicidad”, aclaró la Semarnat en su momento.

En lo que se refiere a temperatura, la NOM-001, establece 35 grados como temperatura máxima para la descargas en ríos, bajando cinco grados al parámetro que existía en la NOM de 1996.

La dependencia afirmó que con el tratamiento de aguas residuales se genera un ahorro considerable al liberar el agua de primer uso para actividades como limpieza y riego; se disminuye la presión hídrica y la sobreexplotación de los acuíferos, y se previene la contaminación de los cuerpos de agua y las enfermedades diarreicas, lo cual tiene un efecto positivo en el ambiente y en el bienestar de las comunidades.

Qué es lo que cambia 

De acuerdo con el sector privado, en la nueva NOM se tendrá que modificar o sustituir las plantas que operan conforme a la norma vigente, y quienes carecen de plantas de tratamiento tendrán que instalarlas, lo que va a implicar costos adicionales que serán repercutidos al precio de los productos agrícolas, industriales, mayores tarifas eléctricas y en los productos derivados del petróleo, así como en las tarifas del servicio de agua potable y saneamiento municipales, intermunicipales y estatales.

Además de que el plazo fijado de un año para la entrada en vigor es insuficiente para los trabajos de logística, ingeniería y construcción, y sobre todo para la adecuación de miles de plantas de tratamiento industriales, estatales y municipales, a lo largo y ancho del país.

Participación de las empresas

La iniciativa privada asegura que no se permitió la participación de las áreas reguladas, contraviniendo el espíritu de todas las buenas prácticas normativas y regulatorias establecidas en las diversas leyes aplicables.

Además de que acusan que la NOM-001 afectará a todos los usuarios del agua, ya que tendrán que cambiar de manera innecesaria, sus actuales plantas de tratamiento de aguas residuales, con el objetivo de alcanzar parámetros innecesarios.

Sumado a eso, la NOM-001 afectará a todos los usuarios tanto agrícolas, organismos operadores de agua, e industria privada y pública, pues tendrían que cambiar sus plantas de tratamiento de aguas residuales, lo que va a implicar costos adicionales.

AMP

  • Eduardo de la Rosa

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