Como cada año, los trabajadores mexicanos se preparan para el reparto de utilidades, que representa una porción de las ganancias generadas por su empleador durante el año anterior; sin embargo, no todas las empresas tienen la obligación de realizar este pago.
Aunque se trata de un derecho constitucional de los trabajadores para recibir una parte de las ganancias obtenidas por una empresa a través de su actividad productiva o servicios en el mercado, hay algunas compañías que están legalmente exentas de esta responsabilidad.
¿Qué empresas están exentas de pagar utilidades en 2024?
De cuerdo con el artículo 126° de la Ley Federal del Trabajo, las siguientes empresas quedan exceptuadas de la obligación de repartir utilidades las siguientes entidades:
- Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
- Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento. La determinación de la novedad del producto se ajustará a lo que dispongan las leyes para fomento de industrias nuevas
- Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración.
- Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
- El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
- Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía.
¿Cuál es la fecha límite para el pago de utilidades este 2024?
Las empresas que por ley estén obligas a pagarlas deben hacerlo a más tardar el 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral, mientras que las personas que trabajan para una persona física o patrón, deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio.
¿Qué trabajadores recibirán utilidades?
Recibirán utilidades todos los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más, según su declaración fiscal, y que tengan más de un año en funcionamiento.
AMP