La reforma a la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) aprobada por la Cámara de Diputados, busca que se potencialice el dinero que invierten las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) y los rendimientos que obtienen a través de un esquema de Fondos de Inversión Especializados en Fondos para el Retiro (Fiefores).
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Actualmente, las Afores manejan el dinero que invierten a través de las Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro (Siefores), actualmente hay cuatro.
¿Qué es una Siefore?
Es el fondo de inversión en el cual las afores invierten los recursos de los trabajadores buscando obtener el mayor rendimiento posible para éstos de acuerdo con su edad. Cada una tiene reglas y límites de inversión para cada instrumento, en este sentido, cobran comisiones corporativas y costos por inversión.
Hay cuatro tipos:
- Siefore Básica 4: para personas de 36 años o menos.
- Siefore Básica 3: para personas entre 37 y 45 años.
- Siefore Básica 2: para personas entre 46 y 59 años.
- Siefore Básica 1: para personas de 60 años y mayores.
¿Qué es lo que cambió?
Con el modelo que se busca implementar, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) será quién determine el régimen de inversión de las Afores, para que estas inviertan en proyectos que otorguen mejores rendimientos al dinero de los trabajadores a través de más y mejores opciones de inversión a largo plazo e incentivando el ahorro voluntario de los trabajadores.
El SAR administra actualmente 3.5 billones de pesos de los trabajadores, cifra que se convertirá en la pensión que reciban a futuro. Es por eso que la Consar busca diferentes fuentes de retorno, sin poner en riesgo la seguridad de los recursos, la promoción de los mercados financieros y contribuir al crecimiento económico del país.
El dinero es invertido principalmente en la deuda pública, acciones en la Bolsa Mexicana de Valores, bolsas internacionales, mercado de divisas, mercancías, deuda internacional e infraestructura y bienes raíces.
Además, la reforma contempla que las comisiones por administración de la cuentas individuales solo podrán cobrarse en una comisión única, integrada por un porcentaje sobre el valor de los activos administrados, y un componente adicional calculado sobre el rendimiento que obtengan los trabajadores.
El vicepresidente de la Consar, Octavio Ballinas explicó que se busca que el dinero de los fondos de pensiones se invierta a plazos más amplios y en otras herramientas para obtener mayores y mejores rendimientos a través de la diversificación de acciones.
lvm