¿Quieres apoyar a través de una donataria? El SAT 'te da una mano'

Huracán 'Otis'

Las donatarias pueden otorgar apoyo económico a los damnificados por el huracán Otis, para la reconstrucción o rehabilitación de su vivienda.

SAT también se atenderán dudas sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Foto: (Archivo)
Ciudad de México /

Tras las afectaciones en Acapulco, Guerrero, por el paso del huracán Otis, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) comentó que las personas interesadas en crear una donataria autorizada para apoyar a la población afectada recibirán atención prioritaria, a través de sus diferentes canales de atención.

Mediante un comunicado, detalló que la atención se brindará a través de su línea telefónica: 55 627 22 728 y (+52) 55 627 22 728 para el exterior del país y desde su portal webportalsat.plataforma.sat.gob.mx y en el chat uno a uno: http://chat.sat.gob.mx/

Destacó que por esos medios también se atenderán dudas sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, para efectos de la recepción y destino de recursos en apoyo a la reconstrucción o rehabilitación de las zonas afectadas.

El órgano de aplicación fiscal resaltó que las donatarias pueden otorgar apoyo económico a los damnificados por el huracán Otis, para la reconstrucción o rehabilitación de su vivienda, sin que se considere que incumplen con su objeto social autorizado y los beneficiarios no pagarán impuestos por la recepción de dichos donativos.

Agregó que las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles, pueden importar mercancías destinadas a apoyar a la población afectada de Guerrero, sin el pago de impuestos al comercio exterior y con facilidades administrativas para su ágil introducción al país.

“Con estas acciones, el SAT facilita el envío de donativos a los damnificados por el paso del huracán Otis, contribuyendo a la atención de la emergencia”, indicó.

¿Qué es una donataria autorizada?

De acuerdo con el organismo, una donataria autorizada es una organización civil o un fideicomiso que puede recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta (ISR) de personas físicas o morales.

Algunos de los beneficios de estas organizaciones son que tributan para efectos fiscales como personas morales con fines no lucrativos, además de que no pagan el ISR ya que no buscan la generación de una utilidad.

También pueden recibir donativos sin límite, ya sea en efectivo o en especie, de residentes en el país o en el extranjero; deben expedir los comprobantes respectivos, así como tener ingresos no relacionados con su objeto social, siempre que los mismos sean menores a 50 por ciento de los ingresos totales del ejercicio.

Manifestó que para ser una donataria autorizada se requiere realizar la solicitud a través del Buzón Tributario y cumplir con los requisitos y condiciones establecidos.

Resaltó que es importante que estas organizaciones estén al corriente con sus obligaciones fiscales.


GSMM

  • Fernanda Murillo
  • Economista por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), foodie y swiftie. Actualmente reportera del sistema financiero, macroeconomía, organismos financieros y banca multilateral internacional, mercado de valores, agentes y mercados globales.

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